REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes de Coro
Coro, 13 de Diciembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2004-000007
ASUNTO : IP01-D-2004-000007


AUTO DE CUMPLIMIENTO DE PENA


Por cuanto del cómputo de la pena efectuada por este Tribunal el día 06/10/04, que se evidencia que la pena de 02 años que le fuera impuesta por el Juzgado Tercero de Municipio Carirubana actuando como Juez en funciones de Control del Sistema de Responsabilidad penal del Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, se extinguió el día 11/12/04 de conformidad con el Art.645 en concordancia con el Art.647 literal "h" de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente declara el cumplimiento de la sanción y ordena librar el correspondiente Oficio a la Jefe de libertad Asistida del Centro Diagnostico y Tratamiento para Varones. Cúmplase.

La Juez de Ejecución Sección Adolescente

Abg. Lydda Auxiliadora Benítez de Torres
El Secretario

Abg. Kris Morris Figueroa

Seguidamente se libró Oficio Nº: 339 a la Jefe de libertad Asistida del Centro Diagnostico y Tratamiento para Varones.
El Secretario

Abg. Kris Morris Figueroa