REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 25 de Diciembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-002099
ASUNTO : IP11-S-2004-002099


IDENTIFICACION DE LAS PARTES:

JUEZ PRIMERO DE CONTROL: ABG. NARQUIS CHIRINOS.
FISCAL CUARTA DE TRANSICION MINISTERIO PÚBLICO: ABG. JUDITH MARIELA MEDINA SANCHEZ.
HECHO: TENENCIA ILICITA DE ESTUPEFACIENTES .
IMPUTADOS: ALEXIS ANTONIO LUGO, RAUL ANGEL SEMECO Y DOUGLAS ANTONIO ROBLES .



SOBRESEIMIENTO.

Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este tribunal de control la fiscalia del estado Falcón, representada por la ciudadana fiscal del MINISTERIO PÚBLICO ABG. JUDITH MARIELA MEDINA SANCHEZ. a favor de los ciudadanos ALEXIS ANTONIO LUGO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV.- 9.581.963 ,residenciado en La Población de Mirava, Casa S/N, Punto Fijo-Estado Falcón, RAUL ANGEL SEMECO, Venezolano, mayor de edad, títular de la cédula de identidad No V- 9.811.327, residenciado en el Barrio Andrés Eloy Blanco, Calle Perú, Casa No 05, Punto Fijo-Estado Falcón y DOUGLAS ANTONIO ROBLES, Venezolano, mayor de edad, títular de la cédula de identidad No V- 7.572.672, residenciado en la avenida Ramón Ruíz Polanco, Casa No 39, Punto Fijo-Estado Falcón .
En la causa penal IP11-S-2004-002099 Conforme el articulo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputa la comisión del delito TENENCIA ILICITA DE ESTUPEFACIENTES . Previsto y sancionado en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas que según el criterio del fiscal, de las investigaciones practicadas, no quedó demostrada la comisión del referido delito ut supra calificado, en perjuicio del Estado.

Analizado como ha sido por este tribunal la presente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor de los ciudadanos ALEXIS LUGO, RAUL SEMECO Y DOUGLAS ROBLES , fundamentada en el numeral 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por todo lo antes expuesto este tribunal primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de la presente causa EN VIRTUD DE QUE EL HECHO DE LA INVESTIGACION PRESCRIBIO . Por la comisión del delito: TENENCIA ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, figura esta prevista y sancionada en el articulo 358 del Código Penal Venezolano. Por Extinción de la Acción Penal de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° Organico Código Orgánico Procesal Penal.
Así se Decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG. NARQUIS CHIRINOS.



SECRETARIA

ABG. LISKEILA GUTIÉRREZ.