REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 13 de Diciembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-002683
ASUNTO : IP11-S-2004-002683


AUTO DECRETANDO SOBRESEIMIENTO

IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
JUEZ TERCERO DE CONTROL: ABG. MORELLA FERRER .
FISCAL CUARTA DE TRANSICION MINISTERIO PÚBLICO: ABG. LUCY FERNANDEZ VILLALOBOS.
HECHO: ROBO EN MODALIDAD DE ARREBATON .
IMPUTADO: PERSONA DESCONOCIDA .


SOBRESEIMIENTO.

Vista la solicitud de Sobreseimiento que presentó por ante éste Tribunal de Control la fiscalia del Estado Falcón, representada por la ciudadana fiscal del Ministerio Público, ABG. LUCY FERNANDEZ VILLALOBOS. a favor del ciudadano: PERSONA DESCONOCIDA .
En la causa penal IP11-S-2004-002683 Conforme el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputa la comisión del delito ROBO EN MODALIDAD DE ARREBATON . Previsto y sancionado en el artículo 458 único aparte del Código Penal Venezolano, que según el criterio del fiscal, de las investigaciones practicadas, no quedó demostrada la comisión del referido delito ut supra calificado, en perjuicio del Ciudadano SAAB GANAN SARA DE BOILIVAR Y LA EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DIGITALES .
Analizado como ha sido por éste Tribunal la presente y ajustada a derecho la solicitud de Sobreseimiento de la parte fiscal a favor del ciudadano: PERSONA DESCONOCIDA, fundamentada en el numeral 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por todo lo antes expuesto éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de la presente causa EN VIRTUD DE QUE EL HECHO DE LA INVESTIGACION PRESCRIBIO .Por la comisión del delito: ROBO EN MODALIDAD DE ARREBATON , figura esta prevista y sancionada en el articulo 458 único aparte del Código Penal Venezolano. Por Extinción de la Acción Penal de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico de Procesal Penal.
Así se Decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

EL JUEZ TERCERO DE CONTROL

ABG. MORELA FERRER .


SECRETARIA

ABG. LISKEILA GUTIERREZ .