REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS COLINA Y PETIT
Republica Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Juzgado de los Municipios Colina y Petit
Circunscripción Judicial del Estado Falcón
La Vela, Veintitrés (23) de Julio del año Dos Mil Cuatro
AÑOS: 193º Y 145º
Expediente Nº 135-2004.-
DEMANDANTE: MACHADO AVILA FELIPE, (asistido del Abogado ALBERTO JOSE RIVERO GONZALEZ.
DEMANDADO: ALCALDIA DEL MUNICIPIO PETIT, en la persona de su Alcalde.
MOTIVO:
COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS.
Por cuánto de la revisión de los autos, que contiene la Causa que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS, incoado por ante éste Tribunal por el Ciudadano: MACHADO AVILA FELIPE, asistido del Abogado ALBERTO JOSE RIVERO GONZALEZ, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO PETIT, en la persona de su Alcalde, plenamente identificados en el escrito libelar donde se evidencia que en fecha dieciséis (16) de Marzo del presente año, el Juzgado del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, se declara incompetente para admitir la presente demanda y declina la competencia a éste Juzgado, (f. 14), en fecha Dieciocho (18) de Marzo de 2004, se admitió la demanda cuanto a lugar en derecho, ordenándose la citación del demandado, así como la notificación al Ciudadano Sindico Procurador Municipal, (Fs. 16 y 17), a los folios (19 al 24) , corre inserta declaración del Alguacil Titular de éste Tribunal donde consigna recaudos de citación de la parte demandada por cuanto le fue imposible localizarlo. A los folios 25 y 26 corre inserto escrito donde la parte demandada asistida de Abogado solicita al Tribunal la citación a través de Carteles a los efectos de dar impulso procesal a la presente causa. Al folio 27 corre inserto auto mediante el cual el Tribunal ordena librar sendos carteles de emplazamiento, de conformidad con los artículos 50 y 51 de la Ley Orgánica de Tribunales y Procedimientos del Trabajo. En fecha 29 de Junio de 2004, el Alguacil Titular de éste Tribunal dejó constancia de la fijación de cartel de citación, publicada en la morada de la Alcaldía del Municipio Petit del Estado Falcón, conforme consta en auto que riela a los folios (28 al 30). Así mismo se advierte que en fecha 02-07-2004, la parte demandada debía comparecer a los fines de la contestación a la demanda, y por cuanto no compareció en la oportunidad señalada, el Tribunal dejó constancia de tal inasistencia. (F. 31). En fecha 21-07-2004, comparecieron el Ciudadano FELIPE MACHADO AVILA, asistido del Abogado FELIX CABRERA, y estamparon diligencia donde desisten de la acción y el procedimiento en el presente Juicio, presentes en éste mismo acto el Ciudadano HECTOR CHIRINOS en su carácter de Sindico Procurador del Municipio Petit del Estado Falcón, asistido por el Abogado en ejercicio ALBERTO JOSE CASTRO, y manifestaron su voluntad de convenir la aceptación del desistimiento en los término expuestos, solicitando ambas partes la homologación del presente desistimiento, así como el archivo del Expediente. Y el Tribunal en atención a lo solicitado por cuánto el mismo no es contrario a derecho, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS COLINA Y PETIT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide. Publíquese. Regístrese. Compúlsense las copias de Ley.-
LA JUEZ,
DRA.: REINA MARIA GUTIERREZ SANCHEZ.,
LA SECRETARÍA,
LISBETH ATENCIO R.
En esta misma fecha Veintitrés (23) de Julio del año Dos Mil Cuatro, y constante de
Dos (02) folios útiles, se publicó la anterior decisión. Conste.-
LA SECRETARIA.,
LISBETH ATENCIO R.