REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento a la Orden de Entrega de un Bien Inmueble, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 20-09-2004, se dicta auto, por cuanto la parte ejecutante no compareció para la práctica de la Medida a que se contrae el presente Despacho, a quien se le dio oportunidad para la presente fecha, se difiere la práctica de la misma para el día y la hora que fijará este Tribunal previa solicitud de la parte interesada, mediante auto separado.-
En fecha 10-11-2004, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia estampada por la Abog. Berlyn Rivas, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana: Daisy R. Chmate Quiñonez; de conformidad con los solicitado este Tribunal provee en consecuencia y ordena su traslado y constitución del mismo en el lugar que señale el interesado, fijándose para ello el día respectivo, por lo que se libran las Notificaciones respectivas a los Auxiliares de Justicia y a los Organismos competente.-
En fecha 16-11-2004, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia estampada por la Abog. Mariely Colina Cedeño, y copias Certificadas de Sustitución de Poder, que le fuera otorgado por la Abog. Berlyn Rivas, consignado; en consecuencia este Tribunal tiene como parte en la presente causa a la Dra. Mariely Colina Cedeño.-
En fecha 17-11-2004, se levanta Acta de Entrada de un Inmueble, a fin de darle fiel cumplimiento a la comisión emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en el cual se ordena la Restitución del Bien Inmueble objeto de litigio; en dicho acto, una vez libre de bienes y personas el inmueble, se Declaró Legalmente Restituido el Bien Inmueble, recibiéndolo conforme la Ejecutante Abog. Mariely Colina Cedeño.-
En fecha 22-11-2004, se dicta auto, cumplido como ha sido el presente Despacho se ordena la remisión de las resultad del mismo al Tribunal Comitente. En esta misma fecha se remite mediante Oficio N° 330-2004, constante de veintitres (23) folios útiles.-