REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Corte de Apelación Penal de Coro
Coro, 2 de Julio de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IG01-R-2001-000010
ASUNTO : IG01-R-2001-000010


AUTO FIJANDO AUDIENCIA ORAL DE INFORMES


Ingresaron a esta Corte de Apelaciones las presentes actuaciones en fecha 20 de AGOSTO de 2001, por motivo del recurso de apelación ejercido por el ciudadano ELI JAVIER BARBERA ARRIECHI, contra la sentencia dictada por el extinto Juzgado Primero Accidental del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal de esta Circunscripción Judicial, en fecha 24 de Febrero de 1999, en virtud de la cual lo condenó a cumplir la pena de SIETE (07) MESES y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVÍSIMAS, tipificado en el artículo 422 ordinal 2° del Código Penal.
En fecha 09 de Septiembre de 2002 se designó Ponente al Juez RANGEL MONTES CHIRINOS, fijándose el acto de informes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 524 del Código Orgánico Procesal Penal, para la sexta audiencia siguiente, a la constancia en autos de la notificación de la última de las partes.
Mediante diligencia suscrita ante la Secretaría de este Tribunal Colegiado en fecha 23 de septiembre de 2002, el Abogado Rangel Montes Chirinos se inhibió del conocimiento de la presente causa, por motivo de amistad y relaciones laborales durante su ejercicio profesional como Abogado litigante César Curiel, Defensor del procesado, la cual fue declarada Con Lugar en fecha 03-10-2002.
Mediante diligencia del 28-01-03 las Juezas Titulares Glenda Oviedo y Marlene Marín de Perozo se avocaron al conocimiento de la presente causa.
El 29 de abril de 2003 se convocó a la Jueza Suplente Zenlly Urdaneta GOVEA, quien se avocó al conocimiento de la causa en fecha 15 de Mayo de 2003, notificándose dicho avocamiento a las partes.
En fecha 13 de mayo de 2004 se dictó auto de convocatoria al Suplente Especial, Abg. YELITZA SEGOVIA DE ARGÜELLES, quien se avocó al conocimiento del asunto en fecha 01 de junio de 2004.
Habiéndose constituido la Sala Accidental de esta Corte de Apelaciones, integrada por las Abogadas MARLENE MARÍN DE PEROZO, ZENLLY URDANETA GOVEA y YELITZA SEGOVIA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 524 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece: “Causas en apelación... Si la apelación versa sobre la sentencia definitiva, el acto de informes se realizará en el sexto día siguiente...”, esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley fija LA AUDIENCIA ORAL DE INFORMES para la sexta (6ta) audiencia siguiente a la constancia en autos de la notificación de la última de las partes, a fin de oír las razones y fundamentos del recurso de apelación ejercido. Líbrense boletas de notificación a las partes.
Cúmplase.

Dada, firmada y sellada en la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones, a los 02 días del mes de Julio de 2004. Años: 193° y 145°.


MARLENE MARÍN DE PEROZO
JUEZA PRESIDENTE (E)


ZENLLY URDANETA GOVEA YELITZA SEGOVIA
JUEZA SUPLENTE Y PONENTE JUEZA SUPLENTE



ANA MARÍA PETIT GARCES
SECRETARIA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado
La Secretaria






ASUNTO: IG01-R-2001-000010
FECHA:02-07-04
FIJACION DE ACTOS DE INFORMES