REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Segundo de Control de Coro
Coro, 28 de Julio de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2004-001837
ASUNTO : IP01-S-2004-001837
En fecha 23-04-04, la Abg. HERMINIA ARRIETA, actuando con el carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público del Estado Falcón, presentó escrito por intermedio de la Oficina del Alguacilazgo, mediante el cual solicitó el Sobreseimiento de la causa por cuanto se instruyo contra HENRY JOSE MARTINEZ ANTEQUERA Y JOSE ELIAS ROMERO PEREZ por el delito de: LESIONES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, previsto y sancionado en el artículo 422 del Código Penal Vigente, en perjuicio de: HENRY JOSE MARTINEZ ANTEQUERA, MARCOS TULIO GARCES y JULIAN SANCHEZ.
La representación fiscal solicita el Sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 318 ordinal 4°.
Este Tribunal entra a analizar las presentes actuaciones y pasa a determinar si la acción penal para perseguir el delito objeto de la presente causa se encuentra prescrita o no, y a tal efecto se observa que no fue posible obtener el examen medico legal que determine las lesiones para proceder a calificarlas, así como tampoco elementos que hicieran posible esclarecer el caso que nos ocupa, y a pesar de la falta de Certeza no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la Investigación, es por ello que esta Juzgadora se adhiere a la solicitud fiscal, por lo tanto es procedente declarar con Lugar la solicitud fiscal, por encontrarse ajustada a derecho.
De igual forma, esta Juzgadora estimó que no fue necesario convocar a las partes a una AUDIENCIA ORAL para debatir los fundamentos de la solicitud fiscal, y ASI SE DECLARA.
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, del asunto seguido contra: HENRY JOSE MARTINEZ ANTEQUERA Y JOSE ELIAS ROMERO PEREZ; por el delito de: LESIONES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, previsto y sancionado en el artículo 422 del Código Penal Vigente, en perjuicio de: HENRY JOSE MARTINEZ ANTEQUERA, MARCOS TULIO GARCES y JULIAN SANCHEZ, por cuanto no existe la posibilidad de incorporar nuevos elementos de convicción a la investigación, todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en tal sentido se, Declara Extinguida la Acción Penal , Publíquese, Notifíquese y Remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
Mag. Cs. YANYS MATHEUS SUAREZ
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. JENNY OVIOL
LA SECRETARIA