REPUBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.

ACTUANDO EN MATERIA CIVIL.

EXPEDIENTE Nº 7986.


SOLICITANTE MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.734.391.

APODERADO DE LA PARTE SOLICITANTE: MARIA EVELYN CICERELLI ROMERO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad Nº 12.183.281, domiciliado en Puerto Cumarebo, Municipio Autónomo Zamora, Píritu y Tocopero del Estado Falcón.

MOTIVO: INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO POR OMISION.


En fecha 01 de octubre de 2003, la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES SUAREZ, presenta solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO POR OMISION, y en su escrito expresa lo siguiente: alega la mencionada ciudadana que nació en el Caserío Zazarida, Municipio Zamora del Estado Falcón, en fecha 30 de julio de 1.960, como se evidencia del certificado de Partida de Bautismo y certificación de Acta de Nacimiento de la no existencia de dicha partida emanada de la Alcaldía del Municipio Zamora del Estado Falcón, marcada “A” y con anexos marcados “B” y “C”. Es por lo que solicita se sirva ordenar la Inserción de su Partida de Nacimiento en los libros correspondientes llevados por la Alcaldía del Municipio Zamora del Estado Falcón y el Registro Principal del Estado Falcón.
Admitida a sustanciación dicha demanda cuanto ha lugar en derecho el Tribunal ordenó emplazar mediante Edicto publicado a tal efecto en el diario “EL NACIONAL” folio dieciséis (16) del expediente. Cumplidos todos los lapsos procesales.

D E C I S I O N

Por las consideraciones procedentemente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN SANTA ANA DE CORO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR, la presente demanda de Inserción de Partida de Nacimiento por Omisión de la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ SUAREZ, quién nació el día 30 de julio de 1.960, por ante la Jurisdicción del Municipio Zamora del Estado Falcón. Se Decreta la Inserción de Partida de Nacimiento por Omisión y se acuerda la inscripción de la presente sentencia en los libros respectivos de Registro Civil de Nacimientos tal como lo preceptúa el artículo 768 del Código de Procedimiento Civil , en concordancia con el artículo con el artículo 502 del Código Civil. Expídase copia certificada de esta sentencia para su debida inserción en los Libros de Registro de Nacimientos de la Partida de Nacimiento de la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ SUAREZ.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE.

Dada firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario del Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Santa Ana de Coro a los Catorce (14) días del mes de junio de Dos Mil cuatro. Años: 193 de la Independencia y 145 de la Federación.-(mery).-

EL JUEZ TEMPORAL,


ABG. EDUARDO YUGURI PRIMERA


EL SECRETARIO SUPLENTE

ABG. JUAN CARLOS JIMENEZ.

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:00.m, previo el anuncio de ley, quedando anotada bajo el Nº 170, en el libro de Sentencias.

EL SECRETARIO SUPLENTE

ABG. JUAN CARLOS JIMENEZ.