REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
Se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Decreto de Medida Preventiva de Embargo, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado-.
En fecha 27-07-2.004, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por la Abog. Ivellie Figueroa, según con lo solicitado por la diligenciante, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo, se acuerda librar las Notificaciones respectivas a los Auxiliares de Justicia.-
En fecha 27-07-2.004, se levanta Acta de Embargo, a fin de darle cumplimiento al Decreto de Medida Preventiva de Embargo emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, librado en el Juicio por Cobro de Bolívares, seguido por la Abog. Ivellie Figueroa, Apoderada judicial de la ciudadana: Elsia A. Yoris de Gutiérrez, contra la ciudadana: Leonor Evelay López de Fuguet; en dicho acto este Tribunal Declaró Preventivamente Embargo bienes propiedad de la demandada, los que se dejaron bajo su Guarda, Custodia y Responsabilidad, a solicitud de la Ejecutante, en virtud del convenimiento efectuado entre las partes.-
En fecha 29-07-2.004, se dicta auto, cumplido como ha sido el presente Despacho se ordena la remisión de las resultad del mismo al Tribunal Comitente. En esta misma fecha se remite mediante oficio Nº 222-2.004, constante de quince (15) folios útiles.-