REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO FALCÓN
Santa Ana de Coro, 16 de Junio de 2004
Años: 194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2004-001240
ASUNTO : IP01-S-2004-001240

Visto el escrito constante de Dos (01) folios útiles y anexo al mismo actuaciones de Siente (7) folios útiles presentado ante la Oficina de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos por la Abg. Nellys del Carmen Puerta Reyes, en su carácter de Fiscal Cuarto del Ministerio Público del Estado Falcón, mediante el cual pone a disposición de este Tribunal al ciudadano: Elvis Marcel Hernández, a quien se le imputa la comisión de uno de los delitos de: Contra la Propiedad, en perjuicio de: Thais del Carmen Suárez de Reyes; la cual se dio por recibido quedando registrada su entrada bajo el No.IP01-S-2004-001240, mediante la cual dicha Representación Fiscal Solicita a este Despacho para que ordene la Libertad del referido ciudadano, en tal sentido observadas las actuaciones que conforman la presente solicitud y estando llenos los extremos de los Artículos 8, 9, 243 del Código Orgánico Procesal Penal y del artículo 44 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela acuerda la Libertad Plena del referido ciudadano y así se decide. En consecuencia este Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA al ciudadano: Elvis Marcel Hernández, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.179.078, de 21 años de edad, Soltero, residenciado en el Barrio Cruz Verde, Calle Porvenir con Calle Sucre , Casa Nro. 14, Coro Estado Falcón. En consecuencia Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Igualmente se designo el respectivo defensor, recayendo tal designación en la persona del Defensor Público Segundo Penal del Estado Falcòn. Líbrese la correspondiente Boleta de Notificación y remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía a fin de que prosiga con las investigaciones.

LA JUEZ QUINTO DE CONTROL

ABOG. YELITZA SEGOVIA DE ARGÜELLES
LA SECRETARIA

ABG. JUANITA SÁNCHEZ RODRÍGUEZ

NOTA: En la misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado en Decisión que antecede. Se libro Boletas de Libertad Nro.355, Boleta de Notificación a la Defensor Público Séptimo Penal.

LA SECRETARIA

ABG. JUANITA SÁNCHEZ RODRÍGUEZ