REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada a Despacho de Exhorto emanado del Tribunal Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 22-04-2004, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el Abog. Gustavo A. Vargas S., Apoderado Judicial del ciudadano: Isaac Vera, según con lo solicitado por la diligenciante, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo, se acuerda librar las Notificaciones respectivas a los Auxiliares de Justicia.-
En fecha 22-04-2004, se levanta Acta de Embargo, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Mandamiento de Ejecución emanado del Tribunal Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, el cual Decretó Medida de Ejecutiva de Embargo sobre Bienes propiedad de la parte demandada, en el Juicio por Cobro de Prestaciones Sociales, seguido por el Abog. Gustavo Adolfo Vargas Salgueiro, Apoderados Judiciales del ciudadano: Isaac Vera, en contra la Empresa Guardianes Maracay, C.A.; en dicho acto este Tribunal se abstiene de practicar la Medida de Embargo en virtud de que el sitio donde se encuentra constituido es en la Empresa Serenos Montalban, C.A. que no es la demandada de autos. La parte actora traslada a este Ejecutor de Medidas a una Entidad Bancaria, por lo que se levanta Acta respectiva, a fin de continuar con el cumplimiento de la medida que le fuera encomendada a este Tribunal Ejecutor de Medidas; en dicho acto este Tribunal se abstiene de practicar la Medida en virtud de que la Cuenta Corriente señalado por el ejecutante no tiene saldo suficiente.-
En fecha 18-05-2004, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el Abog. Gustavo A. Vargas S., Apoderado Judicial del ciudadano: Isaac Vera, según con lo solicitado por la diligenciante, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y ordena la remisión del presente Despacho en el estado en que se encuentra al Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Población de Cagua del Estado Aragua. En esta misma fecha se remite mediante Oficio N° 155-2004, constante de catorce (14) folios útiles.-