REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 02-08-2.004, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el ciudadano: Juan Ventura, debidamente asistido por el Abog. Manuel Valles; según con lo solicitado por el diligenciante, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo.-
En fecha 02-08-2.004, se levanta Acta de Embargo, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Decreto de Medida Preventiva de Embargo emanado del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, librado en el Juicio por Divorcio, intentado por el ciudadano: Juan Ventura, debidamente asistido por el Abog. Manuel Valles, contra la ciudadana: María Guillermina Reyes; en dicho acto este Tribunal Declaró el Embargo Preventivo sobre el cincuenta por ciento (50%) de las Prestaciones Sociales, Aguinaldos o cualquier otro beneficio que le corresponda a la demandada de autos; por lo que las cantidades a retener deberán ser retenidas y remitidas mediante Cheque de Gerencia al Tribunal de la Causa.-
En fecha 06-08-2.004, se dicta auto, cumplido como ha sido el presente Despacho, se ordena la remisión de las resultas del mismo al Tribunal Comitente. En esta misma fecha se remite mediante Oficio Nº 233-2.004, constante de doce (12) folios útiles.-
En fecha 13/11/2.006, se dicta auto, donde se le da entrada al Oficio N° 783, de fecha 09/10/2006, emanado del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, por medio del cual informan la Suspensión de la Medida Preventiva de Embargo decretada en fecha 10/03/2004, sobre el 50% de las prestaciones sociales, aguinaldo y otros beneficios que le correspondieran a la demandada de autos. En esta misma fecha se agregó a los autos respectivos.-