REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN CORO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO
SANTA ANA DE CORO 08 DE MARZO DE 2004.
192° y 144°
ASUNTO PRINCIPAL: IK01-P-2002-000029.
AUTO ACORDANDO EL NOMBRAMIENTO DE DEFENSOR PÚBLICA PENAL.
De la revisión de la Presente Causa se evidencia, al Folio 18 de la Segunda Pieza del Presente Asunto se evidencia la Renuncia del Abogado Defensor: LEONARDO VILLALOBOS, de continuar con la Defensa del Ciudadano: HERLIN JOSE DIAS RIOS, por cuanto ha sido Imposible la ubicación del mismo para poder ejercer la Defensa del mismo y siendo que el referido Acusado no puede estar Desasistido en ninguna etapa del Proceso y el Tribunal esta en la Obligación del Resguardo de sus Derechos y de esta manera Garantizar el Debido Proceso y el Derecho a la Defensa del Acusado ( Artículo 49 de la Constitución de la República de Venezuela en Armonía con el Artículo 125 referente al Derecho de los Imputados Código Orgánico Procesal Penal), es por lo que procede de Oficio al Nombramiento de un Defensor Público Penal, adscrito a la Defensa Pública, correspondiendo según la Carpeta de Defensores llevada por los Tribunales de Juicio a la Defensora Pública Primera Abogada CARMARIS ROMERO SURT, hasta tanto se realice la Audiencia de Inhibición, Recusación y Excusas, la cual se ha diferido en varias oportunidades por la Incomparecencia del referido Acusado y una vez presente el mismo manifieste en Sala si nombrar un Abogado de su confianza o por el contrario se queda con el que el Tribunal le asigno. Es todo Librese las Boletas de Notificación a la Defensora y en la misma se le notifica que la Audiencia de Audiencia de Inhibición, Recusación y Excusas, esta fijada para el Día 19 de Marzo del Año en curso a las 9:00 de la Mañana, para su debida comparecencia, al Fiscal del Ministerio Público al Acusado y al Abogado Defensor Privado. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO.
Abg. SOLANGEL CASTILLO V.
LA SECRETARIA.
ABG. OLIVIA BONARDE.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, en el Auto que antecede y se Libró la Boleta de Notifico a la Defensa Pública Primera Penal, Abogada: CARMARIS ROMERO SURT.
LA SECRETARIA.
ABG. OLIVIA BONARDE.
ASUNTO PRINCIPAL: IK01-P-2002-000029.