REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
EXTENSIÓN TUCACAS.
SALA DE JUICIO.-
SOLICITANTE: Fiscal Quinto del Ministerio Público de
esta Circunscripción Judicial, en
representación de la adolescente: Karelys Isabel Torrealba
Torres.
MOTIVO: Rectificación de Partida de Nacimiento.
Vista la solicitud incoada por la Representación de la Fiscalia Quinta del Ministerio Público Abg. JOEL A RUIZ GARCÍA, en representación de la adolescente: Karelys Isabel Torrealba Torres, de dieciséis (16) años de edad, junto con sus recaudos anexos. Désele Entrada, fórmese expediente y anótese en el Libro Correspondiente. Por cuanto el contenido de la misma no es contrario a Derecho al Orden Público, a las Buenas Costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. El ciudadano Fiscal Quinto Auxiliar del Ministerio Público en representación de la adolescente: Karelys Isabel Torrealba Torres, en la cual solicita por ante este Tribunal, se ordene la Rectificación de Partida de Nacimiento, la cual corre inserta bajo el Nº.63, de fecha 28 de agosto de 1987, de los libros de Actas de Nacimiento de la Coordinación de Registro Civil del Municipio Palma Sola (anteriormente Prefectura del Municipio Bolívar Distrito Silva, Estado Falcón). Como lo expresa el solicitante en su escrito, en fecha 28 de agosto de 1987, la ciudadana: Juana Margarita Torres Riera, presentó a su hija por ante la Prefectura del Municipio Bolívar Distrito Silva Estado Falcón, la cual corre inserta bajo la acta de nacimiento Nº 63 de los años 1987; en dicho acto se produjo un error en la trascripción del número de cédula de identidad de la madre la precitada adolescente Karelys Isabel Torrealba Torres, identificada de auto. Por cuanto tal error y por no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Actas de Nacimiento, por tratarse de una trascripción de nota marginal en el acta de nacimiento del prenombrado adolescente, antes identificado. En consecuencia se ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento del adolescente, y por no existir interesados algunos que pudieran ser perjudicados, este Tribunal de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 769, 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, 501 del Código Civil Venezolano, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Extensión Tucacas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma SUMARIA, ESTAMPAR las debidas notas marginales en la Acta de Nacimiento de la adolescente: Karelys Isabel Torrealba Torres, la cual corre inserta bajo el Nº 63, de los libros de Actas de Nacimientos correspondiente al año de 1987, de la Coordinación de Registro Civil del Municipio Primera Autoridad y Registro Civil del Municipio Palma Sola del Estado Falcón, de la siguiente manera: donde dice: “7.512.336” debe decir “7.514.336” que es lo correcto y verdadero. Expídanse por Secretaria copias certificadas del presente auto que fueren menesteres a los interesados y envíese las necesarias a las autoridades civiles competentes. Líbrense oficios. Cúmplase con lo ordenado. Dada firmada y sellada en la Sala de Juicio de este Tribunal los ocho (08) días del mes de marzo de dos mil cuatro (2004). A los ciento noventa y tres (193º) de la Independencia y ciento cuarenta y cinco (145º) de la Federación.-
El Juez Temporal.---------------------------------------------------------------------------------------
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Abg. LAEMIR JESÚS MASS COLINA.-----------------------------------------------------------
---------------------------------------------------------El Secretario.-------------------------------------
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
-----------------------------------------Abg. GUSTAVO ADOLFO BRAVO JIMENEZ.-
En la misma fecha se le dio entrada bajo el expediente Nº 0584 y se dictó y publicó decisión y se libraron los Oficios.-
------------------------------------EL SECRETARIO.--------------------------------------------------
El Juez Temporal, (fdo) Abg. Laemir Jesús Mass Colina, el Secretario Títular (fdo) Abg. Gustavo Adolfo Bravo Jiménez, En la misma fecha se público la anterior sentencia a las 10:37. a. m, el Secretario (T), (fdo) Abg. Gustavo Adolfo Bravo Jiménez. Se encuentra estampado en húmedo el sello de Tribunal…” La presente es copia fiel y exacta de su original de cuya exactitud doy fe y expido en Tucacas, a los ocho (08) días del mes de marzo de 2004.- Años 193º de la Independencia y 145º de la Federación.-
EL SECRETARIO.
Abg. Gustavo Adolfo Bravo Jiménez.
|