REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
Se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Decreto de Medida de Embargo Preventivo, ordena el traslado y constitución en el sitio que labore el demandado de autos, el día y hora que fije este Tribunal, mediante auto separado.-
En fecha 27-05-2.004, se dicta auto donde se ordena el traslado y constitución del Tribunal, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento a la Medida por Reclamación Alimentaria, en el Instituto Autónomo Aeropuerto “José Leonardo Chirino”, donde labora el demandado de autos ciudadano: Freddy Seferen; todo lo cual de conformidad con lo pautado en el Artículo 26 de nuestra Carta Magna.-
En fecha 27-05-2.004, se levanta Acta de Embargo, a fin de darle cumplimiento al Mandamiento de Ejecución emanado del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, librado en el Juicio por Reclamación Alimentaria, seguido por la ciudadana: Yoleida Avendaño, a favor del niño y/o adolescente Wilfred Efraín Seferen Avendaño, contra el ciudadano: Freddy Seferen; en dicho acto este Tribunal Declaró el Embargo sobre los conceptos en los porcentajes establecidos en el Decreto emanado del Tribunal de la Causa.-
En fecha 27-05-2.004, se dicta auto, cumplido como ha sido el presente Despacho se ordena la remisión de las resultad del mismo al Tribunal Comitente. En esta misma fecha se remite mediante Oficio N° 169-2.004, constante de ocho (08) folios útiles.-