El Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad e la Ley, declara embargados preventivamente los bienes muebles señlados por el actor y valorados por el Perito Avaluador designado en la cantidad global de Bs.35.800.000,00, para lo cual se designa como Depositario Provisional de los mismos al ciudadano Freddy Nicolas Díaz Castillo (ident.) quien acepta el cargo designado hasta tanto sea designado el Depositario Judicial por el Tribunal de la causa, por cuanto la Depositaria Judicial existente en este Municipio no pudo asistir por estar acompañndo a otro Tribunal Ejecutor en la práctica de una medida de desalojo, se acuerda oficiar al Registro Subalterno del Municipio Carirubana a losfines de notificarle de la presente medida, una vez que sean consignados los documentos de propiedad donde consten las notas de registro respectivas, pues los bienes embargados son embarcaciones.