REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 20 de Mayo de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-000081
ASUNTO : IP11-S-2004-000081


IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
JUEZ PRIMERO DE CONTROL: Abg. Narquis Chirinos
MOTIVO DE LA SOLICITUD: Entrega de Vehículo
SOLICITANTE: William Antonio Smith Semeco
SECRETARIA: Abg. Iraima Rubio


ENTREGA DE VEHICULO

Por cuanto cursa por ante este Tribunal Primero de Control. Circuito Judicial Penal. Extensión Punto Fijo. Solicitud de entrega de Vehículo, de fecha 05 de Febrero del Año en curso, interpuesta por el ciudadano: WILLIAM ANTONIO SMITH SEMECO, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de cédula de identidad personal número: 9.809.810, de este domicilio, Vehículo de las siguientes características: Marca: Toyota, Modelo Station Wagon, placas: VAG42X, color: Blanco, Serial de Carrocería: FZJ809010592, serial de Motor:1FZ0315678 , Año 97, clase: Camioneta, Tipo: Sport- Wagon, de uso: Particular. Según. Certificado de Registro de Vehículo, N° 3700811, de fecha 06/Junio del Año 2002, debidamente Asistido por la Abg. Mary Bello de Carache IPSA: 16.192. Este Tribunal para Proveer al respecto hace las siguientes consideraciones:

PRIMERO:

Consta en las actas que conforman el Asunto, solicitud dirigida a la Fiscalia Décima Quinta del Ministerio Publico por el interesado a los fines de que se proceda a la entrega del mencionado vehículo de fecha 02 Enero del año en curso, ratificado en fecha 05 de Febrero Año 2004, no consta en el presente asunto pronunciamiento al respecto del Ministerio Publico con relación a tal solicitud, Es por lo que el solicitante en fecha 23 de Febrero del mismo Año solicita ante este Tribunal dicha entrega se dirige al Juez de Control de esta circunscripción, a tales fines. Por recibida tal solicitud, remite oficio al Ministerio Publico, para que se sirva remitir las actas del presente Asunto y proveer al respecto. Del contenido de las Actas de fecha: 11 de Diciembre del Año 2003, suscrita Funcionarios Policiales José Méndez, José Zarraga, Carlos Acosta, Luis Chirinos, Raúl Reyes, donde señalan:
“que según llamada telefónica persona que no se quiso identificar informó que un ciudadano de nombre William Semeco y su hijo tenían en su poder las piezas del frontal de un vehículo, Marca Toyota, Modelo Land Cruiser, Color Gris, que días antes se lo habían despojado aun ciudadano en la Urbanización Santa Fe en el Taller Falcón ubicado en la calle Prolongación Girardot de esta ciudad afín de montarlos aun vehículo de la misma marca y modelo. Al verificar en el libro de causas de dichos despacho cursa averiguación G-538-793 por loa delitos de Hurto y Robo de Vehículo, por lo que se traslada la comisión policial al mencionado taller recibido por el Ciudadano MILICIA COSTERO PIERO, propietario del negocio, quien indico que se encontraba un vehículo con las características en referencia propiedad del ciudadano William Semeco, al cual le estaban haciendo reparación del frontal, y el mismo había consignado varias piezas para la reparación de dicho vehículo, mostrando las piezas en referencias, se observa el vehículo , marca Toyota, modelo Land Cruiser, color blanco, placas VAG42X, con la parte frontal parcialmente desvalijada razón por la que se procede a retener el vehículo con las piezas señaladas quedando en deposito en el Estacionamiento Nazareth y a la orden del Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Publico.
Experticia, de Reconocimiento Legal y de Detalle de fecha 30 de Diciembre del Año 2003, numero:9700-1-ST:-612, suscrita por los expertos: Jorge Luis Polanco, Rafael Humberto Briñez funcionarios del Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, delegación Punto Fijo de los siguientes objetos:
Un Capó para vehículo, de metal, sin pintura, marca Toyota; Dos Guardafangos para camioneta de metal sin pintura, marca Toyota.; Cuatro protectores Externos para Guardafangos, para vehículo de camioneta; una pieza de material metálico CARAVACA, marca Toyota; una parte Metálica parrilla de la parte inferior, del limpia parabrisas;Una parrilla de metal FILI, para camioneta; Parachoques delantero para vehículo Camioneta, de metal color gris oscuro; Cuatro Faros delantero para Automóvil, Un radiador para Automóvil, tipo Camioneta usado y en buen estado; Dos colmenas de Radiadores para aire Acondicionado, en conclusión :” se pudo constatar que las piezas antes descritas por sus características y diseños resultan ser componentes de vehículos automotores, específicamente de la marca Toyota, tipo camioneta modelo burbuja, las mismas se encuentran usadas, lijadas en su superficie exterior, perdiendo su color original.”
Experticia de Reconocimiento Legal del vehículo, número:112-2423, de fecha 25 de Marzo del Año en curso suscrita por los funcionarios del Cuerpo de investigaciones de Vehículos de esta Dependencia Inspector: José Alcalde Zarraga y el Agente investigador Godsuno José Valdez Rivero donde indica que el vehículo de las características: Marca: Toyota, Modelo: 4500 Burbuja, tipo Station Wagon, placas: VAG42X, color: Blanco, Serial de Carrocería: FZJ809010592, serial de Motor:1FZ0315678 , Año 97, clase: Camioneta, Peritaje:” luego de una minuciosa revisión física a los caracteres identificadores del vehículo se logra determinar que los mismos presentan características propias de originalidad tal como lo estampa la planta ensambladora
Conclusión: seriales identificadores originales.
Al ser consultados los datos obtenidos con los posibles registros que pueda presentar por ante la base de datos arrojando como resultado que los mismos no aparecen registrados en los archivos judiciales.
SEGUNDO

De la Documentación presentada por el solicitante a los fines de acreditar la propiedad y/o la posesión del Vehículo de manera legal, Consta en las actas que conforman el presente asunto Certificado de propiedad Vehículo de las siguientes características: Marca: Toyota, Modelo Station Wagon, placas: VAG42X, color: Blanco, Serial de Carrocería: FZJ809010592, serial de Motor: 1FZ0315678, Año 97, clase: Camioneta, Tipo: Sport- Wagon, de uso: Particular. Según. Certificado de Registro de Vehículo, N° 3700811, de fecha 06/Junio del Año 2002, a nombre del ciudadano WILLIAM ANTONIO SMITH SEMECO, titular de cédula de identidad personal número: V- 9.809.810.
Factura emitida por el Distribuidor HERA, de compra de contado, original, en Barquisimeto, numero: 1257, de fecha 21/11/2003, a nombre de WILLIAM ANTONIO SMITH SEMECO, de las piezas antes señaladas, debidamente suscritas y selladas, Tales circunstancias determinan que estamos en presencia de un propietario de buena fe. Es por lo Considera quien hoy decide que a los fines de garantizar el derecho de la propiedad establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en fuerza de lo establecido en el Articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal” El Juez o el Ministerio Publico entregaran, los Objetos directamente o en deposito con la Expresa obligación de presentarlos cada vez que sea requeridos.”
Aunado al criterio Jurisprudencial, el cual se hace menester señalar, establecido en la Sentencia N° 01-0575 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 13 de Agosto del Año 2001 con ponencia del Magistrado Antonio García.

“ En Atención a lo dispuesto en el Articulo 319(Hoy 311) del Código Orgánico Procesal Penal el Ministerio Publico debe devolver los objetos recogidos o que se incautaron y que no sean indispensables para la investigación , a quienes habiendo acudido ante el Juez recontrol a solicitar su devolución demuestren prima facie ser propietarios o poseedores legítimos de los mismos. En los casos de los Vehículos Automotores, resulta obligatoria su devolución a quienes exhiban la documentación expedida por las Autoridades administrativas de transito o que puedan probar sus dichos por cualquier medio licito y valorable conforme a las reglas del criterio Racional.”

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón. Extensión Punto Fijo. Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley ORDENA: la entrega del Vehículo al ciudadano WILLIAM ANTONIO SMITH SEMECO, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de cédula de identidad personal número: 9.809.810, de este domicilio, Vehículo de las siguientes características: Marca: Toyota, Modelo Station Wagon, placas: VAG42X, color: Blanco, Serial de Carrocería: FZJ809010592, serial de Motor:1FZ0315678 , Año 97, clase: Camioneta, Tipo: Sport- Wagon, de uso: Particular. Según. Certificado de Registro de Vehículo, N° 3700811, de fecha 06/Junio del Año 2002. Asi como la enterega de las piezas retenidas que fueron sometidas a experticias de reconocimiento legal, las cuales le pertenecen segun Factura emitida por el Distribuidor HERA, de compra de contado, original, en Barquisimeto, numero: 1257, de fecha 21/11/2003, a nombre de WILLIAM ANTONIO SMITH SEMECO, ya descritas,
.Dicho Vehículo se entrega en Guarda y Custodia, es decir en calidad de Depósito a Disposición de la Fiscalia Décima Quinta del Ministerio Publico, del Estado Falcón.Cuando así lo requiera el Despacho Fiscal. Librese el respectivo Oficio al Administrador del Estacionamiento Nazareth donde se encuentra depositado el vehículo, a los efectos de materializar su entrega. Notifiques a las Partes a los fines de suscriba el acta compromiso respectiva. Al Ministerio Publico Y remítase en su oportunidad Procesal, dichas actuaciones al Fiscal del Ministerio Publico Respectivo.- A si se decide

La Juez Primero de Control

Abg. Narquis Chirinos

Secretario de Sala

Abg. Iraima Rubio