REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.
GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
Tucacas, 03 de mayo de 2004
194° y 145°
Visto el amparo constitucional interpuesto por PROMOTORA VALLE GOLF C.A. contra el auto de este Tribunal de fecha 28 de abril de 2004, en el cual se suspendió el acto de remate por 48 horas, por cuanto de conformidad con lo establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 20 de enero de 2004, en el caso conocido como MATA MILLÁN se eliminó el entonces llamado Amparo Sobrevenido contra actuaciones del Juez estableciéndose que deberán conocer de tales actuaciones el Juez de la apelación, se declina la competencia para conocer de dicho amparo en el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a quien se ordena remitir el escrito contentivo de la solicitud de amparo, dejando en su lugar copia certificada de dicho escrito. La parte solicitante debe producir los fotostatos necesarios para su certificación. Librese oficio. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez
Abg. LUIS B. ZAMBRANO ROA
La Secretaria
Abg. DELIDA YEPEZ DE QUEVEDO
En la misma se libró oficio N°. 05-359-137.
Secretaría