REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Tucacas, 06 de mayo de 2004
194 y 145
Visto que la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en su escrito de opinión no objetó el procedimiento solicitado, este Despacho observa que la demanda presentada por la ciudadana IDIA RAFAELA SANCHEZ de DELMORAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5173259, asistida por la abogada ANABEL CHAVEZ PIÑA, Inpreabogado 22457, mediante la cual solicita la inserción en los registros civiles del acta de defunción del ciudadano JOSE RAMON DELMORAL CAMACARO, quien en vida fuera su cónyuge, y por cuanto el contenido de la misma y de los recaudos presentados se evidencia que no es contraria a derecho, al orden público, o las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho.
Por cuanto la ciudadana IDIA SANCHEZ de DELMORAL, solicitó por ante este Tribunal la inserción del acta de defunción de su difunto esposo, y para los efectos probatorios consignó: Certificado de defunción expedido por la Dirección General de Epidemiología y Análisis Estratégico. Dirección de Información Social y Estadísticas del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, Tucacas, Falcón, que certifica el fallecimiento del ciudadano JOSE RAMON DELMORAL CAMACARO. Igualmente consigno recaudos como: Constancia suscrita por la Directora Municipal de Política, Seguridad y Registro Civil del Municipio Autónomo San Francisco, Falcón, partidas de nacimiento y matrimonio, y fotocopias de cédulas de identidad, recaudos éstos que evidencian la relación marital habida entre la solicitante y el fallecido, así como la existencia de dos hijos de nombres Marianyeli del Carmen y Dormin Rafael Delmoral Sánchez, quienes son mayores de edad.
De dichos recaudos se evidencia que son suficientes para determinar la veracidad del fallecimiento del ciudadano JOSE RAMON DELMORAL CAMACARO, el día y en las circunstancias indicadas.
Y de acuerdo a lo establecido en los artículos 453 y 458 del Código Civil Venezolano, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ordena al ciudadano Director Municipal de Política, Seguridad y Registro Civil del Municipio Autónomo San Francisco, Falcón, insertar el acta de defunción correspondiente al ciudadano JOSE RAMON DELMORAL CAMACARO, en los siguientes términos:
Acta de defunción del ciudadano JOSE RAMON DELMORAL CAMACARO, QUIEN FALLECIÓ AB-INTESTATO EL DIA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003, A LA EDAD DE 52 AÑOS, EN EL SECTOR LAS MACANILLAS CARRETERA NACIONAL MORON CORO, JURISDICCION DEL MUNICIPIO SAN FRANCISCO, A LAS 11:15 A. M., A CONSECUENCIA DE HEMORRAGIA INTERNA POR HERIDAS DE ARMA DE FUEGO AL TORAX Y ABDOMEN, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, casado con IDIA RAFAELA SANCHEZ, comerciante, titular de la cédula de identidad 5287383, natural de la población de Perureche, Municipio Perureche, Estado Falcón, siendo su último domicilio la población de Guacara, Municipio Guacara del Estado Carabobo, quien nació el día 22-02-1951, hijo de DOMINGO DELMORAL y ESTILITA CAMACARO. De la unión conyugal con la ciudadana IDIA RAFAELA SANCHEZ de DELMORAL, titular de la cédula de identidad 5173259, a su fallecimiento deja dos (2) hijos de nombres MARIANYELI DEL CARMEN y DORMIN RAFAEL DELMORAL SANCHEZ, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad 14381191 y 15259103.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente decisión y envíense a la Dirección de Política, Seguridad y Registro Civil del Municipio Autónomo San Francisco, Falcón. Líbrese oficio. Igualmente se ordena la devolución de documentos originales, se ordena dejar en su lugar copia fotostática certificada de los mismos. Se libró oficio 05-359-147-04. Cúmplase lo ordenado.
El Juez
Abg. LUIS ZAMBRANO ROA.
La Secretaria
Abg. DELIDA YEPEZ DE QUEVEDO.
En la misma fecha 06-05-2004, se dictó la anterior decisión, siendo las 2:00 P. M.

Secretaría.

Liliana Silva
Asistente