REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SILVA, MONSEÑOR ITURRIZA Y PALMASOLA





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SILVA, MONSEÑOR ITURRIZA Y PALMASOLA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DELESTADO FALCON


Tucacas, 26 de Noviembre de 2004.-
AÑOS 194º Y 145º


DEMANDANTE: ABDER RAHMAN SAID.
Apoderado Judicial Abg. TOMAS GIL
DEMANDADO: JOSE MARTINEZ.
MOTIVO: DESALOJO.

Por cuanto de autos se desprende que desde el 21-04-2004, fecha en la cual se libro El Cartel de Notificación, el cual la parte actora retiro el 27-04-2004 y hasta la presente fecha no se ha efectuado ningún acto de procedimiento por la parte actora respecto a la citación del demandado, este tribunal observa que vista su inactividad en el presente caso configura el supuesto de hecho de la perención, motivo por el cual este JUZGADO LOS MUNICIPIOS SILVA, MONSEÑOR ITURRIZA Y PALMASOLA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DELESTADO FALCON, administrando Justicia en nombre de LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION, toda vez que la parte demandante en su calidad de parte requiere no cumplió con las actuaciones correspondientes a la citación de la parte demandada. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO.-


Abg. DALMIRA BARRERA.-
LA SECRETARIA ACCIDENTAL.-


MAGDA MILAGRO COLINA.-

En la misma fecha de hoy, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-


LA SECRETARIA ACCIDENTAL.-


MAGDA MILAGRO COLINA.-


DMB/mmc*
Expediente Nº 160-2003.-