El Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripciòn Judicial del Estado Falcòn, administrando justicia en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara secuestrado el inmueble constituido por una casa, ubicada en la Avenida 20, Nº C-6, Urbanizaciòn Los Semerucos de la Comunidad Cardòn, Municipio Carirubana del Estado Falcòn, comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Inmuebles C-3 y C-4; Sur:àreas verdes y acera de por medio con Avenida 20; Este: inmueble Nº C-7 y Oeste: Inmueble C-5, y en virtud de la suspensiòn que posee en estos momentos la Depositaria Judicial existente en esta jurisdicciòn, se designa como Depositario Judicial Provisional a la emp`resa P.D.V.S.A., S.A., en la persona de su apoderado judicial, Abg. Jesùs Ortiz (ident.), quien aceptò dicho cargo, se juramentò conforme a la Ley y recibe el bien secuestrado libre de bienes y personas y en el estado en que se encuentra. Se acuerda devolver la comisiòn debidamente cumplida al Comitente y su reconstituciòn a su sede natural.