El Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripciòn Judicial del Estado Falcòn, deja constancia que la parte demandada cancelò la deuda a que se contare la presente causa, mediante cheque de Gerencia a nombre de la Tesorerìa Nacional, por lo que a solicitud de la parte actora se abstiene de ejecutar la medida a que se contrae la presente comisiòn y acuerda devolver la presente al Comitente y su reconstituciòn a su sede natural.