REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.
GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.-
Tucacas, 17 de Noviembre de 2004
194° y 145°
Vistas las medidas solicitadas por la parte actora, el Tribunal observa que el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil exige que la parte solicitante de Medidas Cautelares presente un medio de prueba que constituya presunción grave de la existencia del riesgo manifiesto de que quede ilusoria la ejecución del fallo.
En el presente caso la parte actora no ha producido a los autos ningún medio de prueba que evidencie que una eventual sentencia favorable a la parte demandante pueda quedar ilusoria su ejecución, razón por la cual se niegan las medidas solicitadas.
El Juez,
Dr. LUIS B. ZAMBRANO ROA.-
La Secretaria,
Abg. DELIDA YEPEZ DE QUEVEDO.-
EXP. N° 2352.
Asnaldo Gil
Asistente