REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo,21 de Noviembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-002017
ASUNTO : IP11-S-2004-002017
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
JUEZ TERCERO DE CONTROL: ABG. MORELA FERRER
FISCAL CUARTO DE TRANSICION DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. JUDITH MARIELA MEDINA SANCHEZ
HECHO: LESIONES PERSONALES LEVES
IMPUTADO: JOSE GREGORIO CARRASQUERO VARGAS
SOBRESEIMIENTO.
Vista la solicitud de Sobreseimiento que presentó por ante éste Tribunal de Control la Fiscalia para el Régimen Transitorio del Estado Falcón, representada por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público Abg. JUDITH MARIELA MEDINA SANCHEZ, A favor del ciudadano: JOSE GREGORIO CARRASQUERO VARGAS, En la causa penal Nº IP11-S-2004-002017, Conforme el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputa la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, figura que esta prevista y sancionada en el artículo 418, del Código Penal Venezolano. Y que según el criterio del fiscal, de las investigaciones practicadas, quedó demostrada la comisión del referido delito ut supra calificado, en perjuicio del ciudadano: OSVALDO JOSE JIMENEZ MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.174.861, residenciado en el barrio 23 de Enero de ésta ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón. Ahora bien conforme a lo establecido en los artículos 318 ordinal 3° en concordancia con el artículo 48 numeral 8° ejusdem y 108 numeral 6° y 7° del Código Organico Procesal Penal, la acción penal se encuentra evidentemente prescrita por el transcurso del tiempo.
Analizado como ha sido por éste Tribunal la presente causa y ajustada a derecho la solicitud de Sobreseimiento de la parte Fiscal a favor del ciudadano José Gregorio Carrasquero Vargas, Fundamentada en el numeral 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por todo lo antes expuesto éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de la presente causa POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, instruida en contra la ciudadano: JOSE GREGORIO CARRASQUERO VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 10. 612.349, residenciado en el Barrio Veintitrés de Enero, calle Leonardo Ruiz Pineda, casa Nº 34, de ésta ciudad de Punto Fijo Estado Falcón. Por la comisión del delito de: LESIONES PERSONALES LEVES, figura esta prevista y sancionada en el artículo 418 del Código Penal Venezolano. Por Extinción de la Acción Penal por Prescripción de conformidad con los artículos 108 ordinal 6° y 7° del Código Organico Procesal Penal ; artículo 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Organico Procesal Penal.
Así se Decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. MORELA FERRER
LA SECRETARIA
ABOG. LISKEILA GUTIERREZ