REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo,03 de noviembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-002007
ASUNTO : IP11-S-2004-002007


IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
JUEZ TERCERO DE CONTROL: ABG. MORELA FERRER
FISCAL CUARTO DE TRANSICION DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. JUDITH MARIELA MEDINA SANCHEZ
HECHO: DISTRIBUCIÓN ILICITA DE ESTUPEFACIENTIMPUTADO: HUGO RAFAEL THEIS MARQUEZ

SOBRESEIMIENTO.

Vista la solicitud de Sobreseimiento que presentó por ante éste Tribunal de Control la Fiscalia para el Régimen Transitorio del Estado Falcón, representada por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público Abg. JUDITH MARIELA MEDINA SANCHEZ, A favor del ciudadano: HUGO RAFAEL THEIS MARQUEZ, en la causa penal Nº IP11-S-2004-002007, conforme al artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputa la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, figura que esta prevista y sancionada en el artículo 34, de la ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Y que según el criterio de la Fiscal, de las investigaciones practicadas, quedó demostrada la comisión del referido delito ut supra calificado, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; Ahora bien conforme a lo establecido en los artículos 323, 319 del Codigo Organico Procesal Penal con los artículos 48 numeral 8 y 108 numeral 5 DEL CODIGO ORGANICO PENAL, la acción penal se encuentra evidentemente prescrita por el transcurso del tiempo.

Analizado como ha sido por éste Tribunal la presente y ajustada a derecho la solicitud de Sobreseimiento de la parte Fiscal a favor del ciudadano Hujo Rafael Theis Marquez, Fundamentada en el numeral 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por todo lo antes expuesto éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de la presente causa POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, instruida en contra el ciudadano: HUGO RAFAEL THEIS MARQUEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 5.588.054, residenciado en la calle Mariño, casa Nº 19-122, Punto Fijo Estado Falcón. Por la comisión del delito de: DISTRIBUCIÓN ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, figura esta prevista y sancionada en el artículo 34, de la LEY ORGANICA SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICOS. Por Extinción de la Acción Penal por Prescripción de conformidad con los artículos 108 ordinal 5° del Código Penal Venezolano; artículo 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código de Procesal Penal.
Así se Decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

EL JUEZ TERCERO DE CONTROL

ABG. MORELA FERRER


EL SECRETARIO

ABG.LISKEYLA GUTIERREZ