REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO.
Santa Ana de Coro: 25 de Octubre de 2004
ANOS 194 y 145

Vista la solicitud la solicitud presentada por el Abogado Olimpio Noroño, Inpreabogado N° 7.718, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano GIUSEPPE ZEPPA POZOULI, venezolano por naturalización, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 6.910.386, domiciliado en La Victoria, Estado Aragua, por medio de la cual solicita al Tribunal se ordene la Rectificación de su Acta de Matrimonio. Este Tribunal encuentra que la solicitud presentada no es contraria al orden público, ni a las buenas costumbres ni a disposición expresa de la Ley, por lo que la admite con sus recaudos. Ordena formar expediente, numerarla y hacer las anotaciones correspondientes.
Se encuentra en la misma que el ciudadano GIUSEPPE ZEPPA POZOULI, contrajo matrimonio civiles día 23 de abril de 1.977, con la ciudadana Magali Coromoto Muñoz, por ante el Juez del Municipio Tocopero de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, , tal como consta de las actas de matrimonio el cual anexa, asentada con el N° 14 del año 1977, pero es el caso que al insertar su acta de matrimonio por ante el Registro Civil del Municipio Tocopero, Distrito (hoy Municipio) Zamora del Estado Falcón, se incurrió involuntariamente en el error de anotar su apellido materno como FUZZOULI cuando lo correcto es PUZZUOLI, asimismo se coloco el lugar de nacimiento del ciudadano Giuseppe Zeppa que nació en Frosinone Italiacomo, cuando lo correcto es que nació en COMUNA DE CASALVIERI PROVINCIA DE FROSINONE ITALIA. Del análisis de los documentos anexados a la presente solicitud se observa que ha quedado demostrado la existencia de un error material. Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DEL ACTA DE MATRIMONIO del ciudadano Giuseppe Zeppa, en la forma siguiente en donde aparece su apellido materno como FUZZOULI, lo correcto es PUZZUOLI, asimismo donde aparece el lugar de nacimiento del ciudadano Giuseppe Zeppa como Frosinone Italiacomo, debe decir: COMUNA DE CASALVIERI PROVINCIA DE FROSINONE ITALIA, que es lo correcto. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por secretaria copia certificada de la presente decisión, a los efectos de los artículos 502 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON. EN SANTA ANA DE CORO, A LOS VEINTICINCO (25) DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL CUATRO. AÑOS: 194 DE LA INDEPENDENCIA Y 145 DE LA FEDERACION. (grisel).

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. EDUARDO YUGURI PRIMERA
LA SECRETARIA TIT.

ABG. DENNY CUELLO

NOTA: En la misma fecha se formó expediente quedando anotado bajo el N° 8355, asimismo de publicó la anterior decisión siendo las 12:05.m., previo el anuncio de Ley, quedando anotada bajo el Nº 255, en el Libro de Sentencias.
LA SECRETARIA TIT.