REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Control Sección Adolescentes
Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 19 de Octubre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2004-004401
ASUNTO : IP01-S-2004-004401


AUTO DECRETANDO LIBERTAD PLENA

Visto el escrito constante de dos (02) folios útiles y tres (03) anexos, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos por la ABG. MARÍA GABRIELA LEAÑEZ Fiscal Undécima (Aux) del Ministerio Público del Estado Falcón, mediante el cual solicita se decida sobre la Libertad del adolescente IDENTIDAD OMITIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LOPNA. En consecuencia este Tribunal analizadas las actuaciones que conforman el presente Asunto, no existiendo elementos suficientes que comprometan de forma inequívoca la responsabilidad penal Libertad del adolescente IDENTIDAD OMITIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LOPNA.. En consecuencia este Tribunal Primero de Control Sección del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL y DECRETA la Libertad Plena del adolescente IDENTIDAD OMITIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LOPNA. quien es venezolano de 17 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N°18.480.785, de conformidad con lo establecido con lo establecido en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 551 de la Ley Orgánico para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad, notifíquese al Defensor Público Octavo, y remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Undécima del Ministerio Público, a los fines de que continúe con la investigación correspondiente. Cúmplase con lo ordenado.

Abg. Nirvia Gómez González
Juez Primero de Control
Abog. María Eugenia Rodríguez
Secretaria

NOTA:En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado. Librándose boleta de Libertad S/N dirigida a la Comandancia General de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, boleta de notificación a la Abog. Lisdith Ferrer Defensora Pública Octava y oficio N°1CO-104/04 a la Fiscalía Undécima del Ministerio Público.

La Secretaria