REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 19 de Octubre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-000761
ASUNTO : IP11-S-2004-000761



IDENTIFICACION DE LAS PARTES:

JUEZ PRIMERO DE CONTROL: ABG. XIOMARA PEÑA
FISCAL CUARTO DE TRANSICION DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. JUDITH MARIELA MEDINA SANCHEZ
HECHO: HURTO CALIFICADO
IMPUTADOS: ASDRUBAL JESUS NAVAS GÓMEZ Y ROGER EDUARDO HERNANDEZ NORMINO.

SOBRESEIMIENTO.

Vista la solicitud de Sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control la Fiscalía para el Régimen Procesal Transitorio del Estado Falcón, representada por la ciudadana Fiscal Cuarta de Transición del Ministerio Público Abg. Judith Mariela Medina Sanchez, a favor de los ciudadanos: ASDRUBAL JESUS NAVAS GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-11.099.755, residenciado en Antriguo Aeropuerto, sector 01, calle 2, Punto Fijo, estado Falcón, y ROGER EDUARDO HERNÁNDEZ MORMINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-11.794.442, residenciado en el Barrio Creolandia, calle principal, al lado de la Panadería Santa Cruz, Punto Fijo, Estado Falcón, en la causa penal Nº IP11-S-2004-000761, conforme al artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, a quienes se le imputa la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455, ORDINAL 3° y 4 del Código Penal; que según el criterio de la fiscal, y de las investigaciones practicadas, quedó demostrada la comisión del referido delito ut supra calificado, en perjuicio del ciudadano: JUAN RAMON QUERO MARTINEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.793.946, residenciado en Calle principal las flores, casa Nº 10, al lado de las casas rurales del Cardón , de esta ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón. Ahora bien, conforme a lo establecido en los artículos 323, 319 y 48 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 numeral 4° del Código Penal, la acción penal se encuentra evidentemente prescrita por el transcurso del tiempo.

Analizado como ha sido por este tribunal la presente y, ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor de los ciudadanos Asdrubal Jesús Navas Gómez y Roger Eduardo Hernandez Mormino, fundamentada en el numeral 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de la presente causa instruida en contra de los ciudadanos: ASDRUBAL JESUS NAVAS GOMEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-11.099.755, residenciado en Antiguo Aereopuerto, sector 01, calle 02, Punto Fijo, Estado Falcón. Y ROGER EDUARDO HERNÁNDEZ MORMINO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº v- 11.794.442, residenciado en el barrio creolandia, calle principal, al lado de la panadería Santa Cruz, Punto Fijo, Estado Falcon, por la comisión del delito de: HURTO CALIFICADO, figura esta prevista y sancionada en el articulo 455 ordinal 3° y 4° del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano: JUAN RAMON QUERO MARTINEZ. En virtud de haber operado la Extinción de la Acción Penal por Prescripción, de conformidad con los artículos 108 ordinal 4° del Código Penal Venezolano; y los artículo 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal.
Así se Decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG. XIOMARA PEÑA


EL SECRETARIO

ABG. ALEXANDER GONZALEZ