REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
Tucacas, 19 de Octubre de 2004
Años: 194° y 145°
Vista la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento constante de un (01) folio útil, junto con sus recaudos anexos, presentada en fecha 30 de Septiembre de 2004, por la ciudadana MAYGUALIDA DEL CARMEN CASTEJÓN ROMERO, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.527.123, asistida por la abogada SORAYA EMILIA SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado No. 86.616, domiciliada en Yaracal, Municipio Cacique Manaure del Estado Falcón; désele entrada, anótese en el libro respectivo y fórmese expediente.- Por cuanto la ciudadana MAYGUALIDA DEL CARMEN CASTEJÓN ROMERO, antes identificada, solicita al Tribunal la rectificación de su Acta de Nacimiento, ya que en el original de los libros de Registro Civil de Nacimientos que reposan en el Registro Civil del Municipio San Francisco del Estado Falcón, aparece su nombre como NAYGUIALIDA DEL CARMEN, y en el duplicado de los Libros de Registro Civil de Nacimiento que reposa en el archivo de la Oficina de Registro Principal del Estado Falcón, aparece su nombre como NAYGUALIDA DEL CARMEN, siendo que el verdadero es: “MAYGUALIDA DEL CARMEN”, es decir, que en las partidas de nacimiento de la solicitante, aparece su nombre como “NAYGUIALIDA DEL CARMEN”, en la del Registro Civil del Municipio San Francisco, y aparece como “NAYGUALIDA DEL CARMEN” en la del Registro Principal del Estado Falcón, debiendo aparecer en ambas “MAYGUALIDA DEL CARMEN”, que sería lo correcto; como lo demostró en los recaudos anexos como lo es: Copias certificadas de su Partida de Nacimiento expedidas por el Registro Principal del Estado Falcón y por el Registro Civil del Municipio San Francisco del Estado Falcón, copia fotostática del comprobante de Educación Primaria, Copias certificadas de las partidas de nacimiento de sus hijos, copia fotostática de certificado de notas de educación básica, copia fotostática de su cédula de identidad; fundamentó su acción en el artículo 768 del Código de Procedimiento Civil.- Igualmente por cuanto el contenido de dicha solicitud se evidencia que no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho.- En consecuencia, por cuanto el error denunciado no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Acta de Nacimiento, y por no existir interesados algunos que pudiera ser perjudicados, este Tribunal de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, ordena en forma SUMARIA, ESTAMPAR la debida nota marginal en el Acta de NACIMIENTO de la ciudadana MAYGUALIDA DEL CARMEN CASTEJÓN ROMERO, la cual corre inserta en los libros de registros de Nacimiento que reposan en la Dirección Municipal de Política, Seguridad y Registro Civil del Municipio San Francisco del Estado Falcón, y en el duplicado de los Libros de Registro Civil de Nacimiento que reposan en el archivo de la Oficina de Registro Principal del Estado Falcón, bajo el No. 283, de fecha 06 de Agosto de 1968, de la siguiente manera donde dice: “NAYGUIALIDA DEL CARMEN” y “NAYGUALIDA DEL CARMEN”, respectivamente, refiriéndose al nombre de la solicitante, debe decir: “MAYGUALIDA DEL CARMEN”, que es lo correcto y verdadero, y ASÍ SE DECIDE.- Expídase por Secretaría copias certificadas del presente auto que fueren menester a la interesada y envíese las necesarias a las autoridades civiles competentes. Librense oficios. Cúmplase lo ordenado.-
El Juez Titular
Dr. LUIS B. ZAMBRANO ROA
La Secretaria
Abg. DÉLIDA YÉPEZ DE QUEVEDO
En la misma fecha de hoy, 19/10/2004, se le dio entrada bajo el No. 2348, se dictó y publicó decisión, se libraron oficios No. 05-359-370-04 y 05-359-371 -04.-
La Secretaria
Abg. DÉLIDA YÉPEZ DE QUEVEDO
Exp. No. 2348.-
/mzr.-