REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 25 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-002179
ASUNTO : IP11-S-2004-002179
AUTO DECRETANDO LA LIBERTAD DE CONFORMIDAD
A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 44 DE LA CONSTITUCIÓN
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Visto el escrito presentado por el ciudadano Abg. CRUZ ALEXANDER MORALES NIEVES, en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público del Estado Falcón con sede en la ciudad de Punto Fijo, mediante el cual solicita le sea concedida la Libertad Plena de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor del ciudadano: JACKSON JOSÉ RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, Venezolano, sin documentos personales, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión u Oficio indefinido, de esta ciudad de Punto Fijo Estado Falcón, por considerar que no existen suficientes elementos de convicción, como para imputarle al supra mencionado la autoría o participación en la comisión de un hecho antijurídico. En consecuencia este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, analizadas como en efecto han sido las actas policiales que acompañan la presente solicitud, acuerda decretar la Libertad, de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor del ciudadano: JACKSON JOSÉ RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, quien dice ser Venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión u Oficio indefinida, de esta ciudad de Punto Fijo Estado Falcón, considerando además la titularidad de la acción Penal que posee el Ministerio Público, y el principio de estado de libertad establecido en el artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal. Continúese el proceso por el procedimiento ordinario y remítase el presente aunto a la Fiscalía Sexta. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad dirigida al Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales zona N°02, Destacamento N° 21, de esta ciudad de Punto Fijo Estado Falcón a favor del mencionado ciudadano y remitase mediante oficio. Cúmplase.
La Juez Segundo de Control.
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Abg. Carmen Loggiodice
La Secretaria.
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Abg. Dayana Rovira.