REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 26 de Octubre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-001969
ASUNTO : IP11-S-2004-001969



IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
JUEZ TERCERO DE CONTROL: MORELA FERRER
FISCAL CUARTO DE TRANSICION DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. JUDITH MARIELA MEDINA SANCHEZ.
HECHO: HURTO AGRAVADO.
IMPUTADO: ALEXIS JESUS DIAZ SANCHEZ.
SECRETARIO: ABG. ALEXANDER GONZALEZ


SOBRESEIMIENTO.

Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este tribunal de control la Fiscalia para el régimen de transición procesal del estado Falcón, representada por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público Abg. JUDITH MARIELA MEDINA SANCHEZ, a favor del ciudadano: ALEXIS JESUS DIAZ SANCHEZ, En la causa penal Nº IP11-S-2004-001969, Conforme el artículo 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputa la comisión del delito de: HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454, ORDINAL 8°, del Código Penal Venezolano. Y que según el criterio del fiscal, de las investigaciones practicadas, quedó demostrada la comisión del referido delito ut supra calificado, en perjuicio del ciudadano: JUAN RAMON QUERO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº v- 4.793.946, residenciado en la via Judibana distribuidora caja de agua sector santa Elena. de esta ciudad e Punto Fijo Estado Falcón. Conforme a lo establecido en los artículos 323, 319 del COPP con los artículos 48 numeral 8 y 108 numeral 5 DEL CODIGO ORGANICO PENAL, la acción penal se encuentra evidentemente prescrita por el transcurso del tiempo.

Analizado como ha sido por este tribunal la presente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor del ciudadano Carlos José Camacho Fundamentada en el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por todo lo antes expuesto este tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de la presente causa POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, instruida en contra el ciudadano: ALEXIS JESUS DIAZ SANCHEZ, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.802.249, residenciado en villa marina, calle federación casa S/N , municipio los taques del estado Falcón. Por la comisión del delito de: HURTO AGRAVADO, Previsto y sancionado en el artículo 454, ordinal 8° del Código Penal. Por Extinción de la Acción Penal por Prescripción de conformidad con los artículos 108 ordinal 5° del Código Penal Venezolano; artículo 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código de Procesal Penal.
Así se Decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

EL JUEZ TERCERO DE CONTROL

ABG. MORELA FERRER


EL SECRETARIO

ABG. ALEXANDER GONZALEZ