REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio de Punto Fijo
Punto Fijo, 11 de Octubre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-001766
ASUNTO : IP11-P-2004-000269


AUTO SOLICITANDO ACTUACIONES AL MINISTERIO PUBLICO

En fecha 05 de Octubre de 2004 el ciudadano YOEL ANTONIO CAPOTE, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 9.587.585, con domicilio en la calle Juan de Ampíes, casa Nro. 14-1 del Sector Universitario de esta ciudad de Punto Fijo Estado Falcón, en su condición de imputado en el presente asunto que se instruye en su contra por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado, presentó por intermedio de la Oficina del Alguacilazgo, escrito mediante el cual solicitó la entrega de un vehículo que es de su propiedad, el cual se encuentra retenido a la orden de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público del Estado Falcón con sede en esta ciudad de Punto Fijo.
Manifiesta el solicitante que el vehículo en cuestión lo utiliza para su trabajo como taxista, del cual dependen su esposa y siete hijos, en tal sentido solicita con carácter de Urgencia un pronunciamiento en relación a la presente solicitud.

Vista la solicitud interpuesta por el ciudadano Yoel Antonio Capote, y previa revisión de las actuaciones, se evidencia que no cursan en las mismas la correspondiente Experticia de Reconocimiento Legal donde se determine que el vehículo objeto de la presente solicitud se encuentra incurso o no en algunos de los delitos previsto en la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores o en algún otro delito que haga improcedente su entrega.
Por otro lado, y como quiera que la retención del referido vehículo se originó en el curso de una investigación que adelanta el despacho de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, se hace necesario solicitar información al referido despacho a fin de que informe si el mismo es imprescindible para esa investigación.
Por consiguiente, se ordena oficiar a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público del Estado Falcón a fin de solicitar se sirva remitir a este Despacho la Experticia de Reconocimiento Legal del vehículo Marca: Ford, Modelo: Maverick; Año: 1976, Tipo: Sedan; Carrocería: AJ92SK-39059; Serial de Motor: FA-462-240; Color: Verde; Uso: Particular; Placas: 7XA-0195. Asimismo se acuerda solicitar al referido despacho, se sirva informar si dicho vehículo en imprescindible para la continuación de la investigación, toda vez que cursa por ante este Tribunal solicitud de entrega del mismo. Cúmplase.

El Juez Segundo de Juicio
Abg. Kervin E. Villalobos M.



La secretaria,


Abg. Yraima Paz de Rubio