El Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripciòn Judicial del Estado Falcòn, administrando Justicia en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara embargado ejecutivamente un inmueble, constituido por un terreno constante de 170 Mts2 de superficie, es decir 8,50 Mts de frente por 20 Mts de fondo, y de edificaciòn de Dos (2) locales comerciales que se encuentran uno en la planta baja y otro en la planta alta, y comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Inmueble que es o fue propiedad de Ernesto Reyes; Sur: Inmueble propiedad de Manuelñ Garcia; Este: Inmueble propiedad que es o fue de Teofilo Homes; y Oeste: Que es su frente, Calle Colombia. Dicho inmueble se encuentra ubicado en la Calle Colombia de la ciudad de Punto Fijo Jurisdicciòn del Municipio Carirubana del Estado Falcòn, se identifica con el Nª 7. Se designa a la Depositaria Judicial Falcòn, c.a en la persona de su representante legal ciudadano Americo Esteves Diaz (ident..) quien acepta el cargo, y presta el juramento de ley, recibiendo el inmueble libre de personas y de bienes y en el estado en que se encuentra. Se acuerda devolver la presente comisiòn debidamente cumplida al comitente, y su reconstituciòn a su sede natural.