REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de Punto Fijo
Punto Fijo, 30 de Septiembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IL11-P-2001-000001
ASUNTO : IL11-P-2001-000001



AUTO PARA REVISIÓN DE MEDIDA DE SEGURIDAD

Como quiera que éste Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón en su extensión de Punto Fijo, ha tenido conocimiento que aún el penado OMAR JOSE NAVAS PETIT no ha sido trasladado, tal y como fuera acordado por éste mismo despacho el día 23 de Octubre del año 2003, y ratificado mediante auto en fecha 24 de Marzo del presente año, y visto a su vez, que desde la fecha de la revisión de dicha medida hasta la presente fecha han transcurrido mas del lapso de 6 meses que contempla el artículo 515 para la revisión de dicha medida, es por lo que éste Tribunal de Ejecución, del Circuito Judicial Penal de éste Estado en su extensión de Punto Fijo, ordena la Convocatoria a una audiencia oral especial a tenor de lo preceptuado en el artículo 483 del Copp, a los fines de revisar, conjuntamente con la opinión del Medico Psiquiatra tratante del penado, la Medida de Seguridad impuesta a OMAR NAVAS PETIT, a tenor todo ello de lo preceptuado en el artículo 515 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.


Se ordena la convocatoria para dicha audiencia oral la cual, se realizará el día Jueves 7 de octubre del año en curso a las 10 de la Mañana, en la sede del Internado Judicial de la ciudad de Coro, con la presencia del Medico Psiquiatra tratante, Dr. Juan Robertis, el defensor del penado, el Fiscal del Ministerio Público y el Director del Internado Judicial, y así se decide.


Notifíquese a las partes convocadas, así como a las demás partes interesadas a los fines de su presencia en la referida audiencia, a tenor todo ello de lo preceptuado en el artículo 483 del Copp, y así se decide.

EL JUEZ ÚNICO DE EJECUCIÓN

ABG. NAGGY RICHANI SELMAN

LA SECRETARIA

ABG. IRAIMA PAZ DE RUBIO