REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
Churuguara.04 de Abril del 2005
AÑOS 194º Y 146º
EXP. 304
Vista la CONCILIACIÓN lograda entre los ciudadanos, DORIS CORINA JIMÉNEZ MARTINEZ y ELIMENES RAMONES, a favor de la menor IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, suscrita por ante este Tribunal con competencia en la materia de Protección del Niño y del Adolescente con sede en esta población de Churuguara, Municipio Autónomo Federaciòn del Estado Falcón, cursante al folio veintisiete (27) del presente expediente, este Juzgado de los Municipios Federaciòn, Unión, Bolivar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el articulo 315 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en lo referente a la obligación Alimentaria.
EL JUEZ TEMPORAL.

ABOG. FRANK ALASTRE. LA SECRETARIA