ACTA

En el día de hoy, seis de Abril del año dos Mil Cinco, siendo las 10:29 a.m., oportunidad fijada por este Tribunal para dar cumplimiento al decreto Restitutorio a la posesión ordenada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Tucacas; este Tribunal se trasladó en compañía de la parte querellante representada por los Apoderados Judiciales Abogados Álvaro José Yánez y Miguel Ángel Yánez y a señalamiento de estos se constituyó en un inmueble conformado por una parcela de terreno que mide aproximadamente Dos Mil Quinientos Setenta y Siete metros cuadrados (2.577 mts2) y comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 70,00 metros con casa de Salvador Feo La Cruz; SUR: En 70,40 metros con casa de Ricardo Guada; ESTE: En 38,40 metros con Playas del Mar Caribe y OESTE: En 35,20 metros con Calle José Ramón Yépez; y dicha parcela de terreno se encuentra ubicada en la P arroquia Boca de Aroa, Municipio José Laurencio Silva del Estado Falcón. Una vez constituido el Tribunal deja constancia que se encuentra presente una multitud de personas entre hombres, mujeres, niños, adolescentes, manifestando sus intenciones de no desalojar el inmueble; el Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por efectivos Policiales adscritos a la Sub-Comisión General “Isidro Lois Ferrer” con sede en esta Parroquia de Boca de Aroa: I nspector Enrique Romero, cédula de identidad No. 11.479.686; Sub-Inspector Carlos Chirinos, cédula de identidad No.12.733.686; Sgto.Segundo Gregorio Sangronis, cédula de identidad No.9.525.118; C/2do Jesús Acosta, cédula de identidad No.9.803.843; Dtgdo.Elieza Díaz, titular de la cédula de identidad No. 12.863.822; Agte Jhonny Duno, cédula de identidad No.16.348.825; Agte Wilfredo silva, cédula de identidad No. 15.067.820; Agte Nilson Chirinos, cédula de identidad No. 14.655.064; y dos funcionarios de la Guardia Nacional Adscritos a la Segunda Compañía del Destacamento No. 42 con sede en Tucacas: C/2do Aguin Wilmer, cédula de identidad No.10.640.315 y Dtgdo. López Manjarres Omar Alexis, cédula de identidad No. 13.819.240. Seguidamente el Tribunal notifica de su misión a las personas que se aglomeraron sin poder identificar a ninguna de ellas y las impuso de la práctica de la Restitución decretada por el Tribunal de la Causa, este es, Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Tucacas en el juicio de Interdicto Restitutorio por despojo incoare la sociedad de Comercio Promotora Sol de Aroa. C.A., representado por los Abogados Álvaro Yánez y Miguel Yánez, en la parcela de terreno que mide aproximadamente 2.577 mts2, ubicada en la población de boca de Aroa Municipio Silva del Estado Falcón y dentro de los siguientes linderos: NORTE: En 70 mts con casa de Salvador Feo La Cruz; SUR: En 70,40 mts con casa de Ricardo Guada; ESTE: En 38,40 mts con Playas del Mar Caribe y OESTE: En 35,20mts con Calle José Ramón Yépez; contra la ciudadana Carmen Cleer y otros. El Tribunal deja constancia que en la parcela de terreno donde se encuentra constituido existen construido cinco (05) ranchos hechos de desechos de madera, zinc láminas de asbesto, totalmente terminados y en construcción tres (03) sin terminar; igualmente se encuentran dos (02) construcciones de paredes de bloques, una terminada y la otro sin concluir sin techo y paredes algunas levantadas y otras no. Igualmente este Tribunal deja constancia que se encuentran ocupando dichas construcciones mujeres, hombres, niños, niñas y adolescentes. El Tribunal así mismo deja constancia que existen también en la parcela de terreno objeto de la Restitución cercas construidas con estantillos de madera y alambres de púas en algunas de sus partes; igualmente se deja constancia de la existencia de pilotines ubicados en la parcela objeto de esta restitución. Intervienen los representantes de la parte querellante Abogados Álvaro Yánez y Miguel Yánez y exponen: “Solicitamos se suspenda la ejecución de la presente Restitución y se fije nueva oportunidad para ejecución de la misma; igualmente solicitamos se le notifique a los Consejeros de Protección del Niño y Adolescente del Municipio Silva del Estado Falcón, y a la Fiscalía Pública Quinta del Ministerio Público con sede en Tucacas; igualmente el apoyo de la fuerza pública para que acompañen al Tribunal en dicha Restitución. Es todo.” El Tribunal vista la exposición ordena fijar nueva oportunidad y oficiar a las Dependencia y organismos señalados por la parte querellante. Siendo las 12:00m, el Tribunal acuerda el regreso, suspendiéndose la Restitución hasta tanto sea fijada la nueva oportunidad. Se levantó la presente acta, se leyó y conforme firman: (fdo) La Juez Provisorio: Abg. ELIANNE GUTIÉRREZ GARCÍA, (fdo) La Parte Querellante: Abg. ALVARO JOSE YANEZ y Abg. MIGUEL ANGEL YANEZ. (fdo) Los efectivos Policiales: Insp. ENRIQUE ROMERO. Sub-Insp. CARLOS CHIRINOS. (fdo) Efectivos Guardia Nacional: C/2do. WILMER AGUIN. Dtgdo, OMAR LOPEZ. (fdo) El Secretario ROLANDO RAMOS.