REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Coro
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Coro, 1 de Abril de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2004-000033
ASUNTO : IP01-D-2004-000033
En vista de que de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, le da facultad al Juez de Ejecución para revisar las medidas cada Seis Meses para modificar o sustituirlas cuando no cumplan con los objetivos o por ser contrarias al proceso del desarrollo del Adolescente, así como también la ley le asigna a que el Juez deberá ejercer el control permanente y confrontar los resultados parciales, y revisada como a sido la medida, pasa a modificar la sanción de privativa de libertad al Ciudadano Adolescente: Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNA, Quien terminaría de cumplir su sanción el día 04-04-05, reduciéndola hasta el día 01 de Abril del año 2005, ya que fue sancionado a cumplir la sanción de seis (06) meses de privativa de libertad. Es por lo que este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda modificar la sanción de privación de libertad, reduciéndola hasta el día 01-04-05, de conformidad con el articulo 647 en su literal e, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente. En consecuencia libérese la respectiva boletad de libertad, Notifíquese a las partes y una vez quede definitivamente firme la decisión ordénese su desincorporacion.
El juez de Ejecución
Abg. Gregorio Carrasquero
La secretaria
Abg. Clarisbel Barientos
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La secretaria
Abg. Clarisbel Barrientos