REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de Punto Fijo
Punto Fijo, 13 de Abril de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IL11-P-2000-000006
ASUNTO : IL11-P-2000-000006


AUTO DE REQUERIMIENTO DE RECAUDOS


Visto el auto de computo de pena, realizado por éste Despacho en el presente asunto, en fecha 12 del presente mes y año, y siendo que en el mismo se dejo expresa constancia de que el penado JOSE ALEXANDER ROA, optaría en fecha 26 de Junio por el beneficio Post- condena de Libertad Condicional, es por lo que en consecuencia, a los fines de proveer lo necesario para agilizar los requisitos para el otorgamiento de tal gracia post- condena, es que en atención a ello, y a los fines de facilitar la viabilidad en el otorgamiento del cualquiera de las formulas Alternativas de cumplimiento de pena, éste Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón en su extensión Punto Fijo, ordena oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de la ciudad de Coro, a los fines de que le sea practicado el examen Psico Social de adaptabilidad al penado JOSE ALEXANDER ROA, y posteriormente remita el respectivo informe evaluativo contentivo del pronóstico a éste Tribunal de Ejecución, de conformidad todo ello con lo exigido en el numeral 3 del artículo 501 del Copp, y así se decide.

Se ordena a su vez oficiar a la Dirección de Antecedentes Penales adscrita al Ministerio de Interior y Justicia, a los fines de que sean remitidos a éste Despacho, los posibles antecedentes penales que en esa División puedan cursar contra el penado JOSE ALEXANDER ROA, cedulado 15.917.350, todo ello de conformidad con lo preceptuado en el numeral 1 del artículo 501 del Copp, y así se decide.

Cúmplase Ofíciese y Notifíquese.

EL JUEZ DE EJECUCIÓN

ABG. NAGGY RICHANI SELMAN
LA SECRETARIA

ABG. IRENE TREMONT