REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.-
JUEZ SEGUNDO.
SANTA ANA DE CORO, 26 DE ABRIL DE 2005
AÑOS : 195 Y 146.



En la presente demanda de Divorcio, presentada por el Ciudadano ANTONIO JOSE COLINA AULAR, titular de la cédula de identidad No 7.475.033, en contra de la Ciudadana NANCY EMILIA BURGOS PEREIRA, titular de la cédula de identidad Nro 4.804.994, de un estudio detallado del Expediente, se desprende que la demanda fue admitida en fecha 07 de Noviembre de 2.001, y Siendo que han transcurrido más de DOS MESES, sin Impulso Procesal por parte del Solicitante, a los fines de lograr la citación del demandado, es por lo que este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE INSTANCIA de la presente Causa, esto a tenor de lo dispuesto en el primer aparte del 267, ordinal primero del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia se ordena el cierre y Archivo del presente expediente.
Se autoriza a la Secretaria de este despacho, para que previa certificación e inserción de las copias, entregue los originales presentados.
Regístrese y déjese copia certificada de esta decisión.
Es Justicia.
EL JUEZ DE PROTECCIÓN
DR. ALEXANDER LOPEZ DELEON

LA SECRETARIA
ABOG. CARMEN ADELA RIVERO.

Seguidamente siendo la 09:0 am, del día 26 de Abril de 2.005, se publicó la presente Decisión. Conste.
La Secretaria.

_______________________________________________________________________
“1805-2005 BICENTENARIO DE JURAMENTO DEL
LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR EN EL MONTE SACRO”