REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 8 de Abril de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-000774
ASUNTO : IP11-P-2005-000774
AUTO QUE DECRETA ARCHIVO FISCAL
Visto el escrito consignado por el Fiscal Sexto del Ministerio Publico, de esta Circunscripción Judicial., donde informa a este Tribunal, que en el Asunto Principal: 1P11-P-2005-000774, decreto el ARCHIVO FISCAL, donde aparece como imputados PERSONAS DESCONOCIDAS, y Victima Jesús Alberto Vargas, venezolano, residenciado en la Urbanización Pedro Manuel Arcaya, casa K-3, Punto Fijo Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado previsto y sancionado en el artículo 455 ordinales 3 y 4 del Código Penal Venezolano. Por cuanto se evidencia de las actuaciones que en fecha 04 de Septiembre del año 2002, “…personas desconocidas se introdujeron en la vivienda rompiendo el candado del portón del garaje y la cerradura de la puerta principal, logrando sustraer un televisor de 29 pulgadas, tres televisores de 21 pulgadas, una computadora con todos sus accesorios, un equipo de sonido marca sony, un play stantion, un microondas, un DVD, un aire acondicionado, varias ropas de vestir de niño”
Por lo que de la revisión de las actas que conforman el asunto no obstante encontrándose demostrada la comisión de un (1) delito de las referidas actuaciones no surgen elementos de convicción contra persona alguna que pueda fundamentar el ejercicio de la acción penal por lo que lo procedente es decretar el Archivo Fiscal de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Sin perjuicio de poder ordenar reapertura de investigación en el presente asunto. Si en ulterior oportunidad surgen otros elementos de interés que puedan contribuir a fundamentar y justificar dicha reapertura.
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley: DECRETA: EL ARCHIVO FISCAL EN EL PRESENTE ASUNTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Por cuanto se evidencia de las actuaciones no surgen elementos de convicción contra persona alguna que pueda fundamentar el ejercicio de la acción penal. Donde aparece como Victima Jesús Alberto Vargas, venezolano, residenciado en la Urbanización Pedro Manuel Arcaya, casa K-3, Punto Fijo Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado previsto y sancionado en el artículo 455 ordinales 3 y 4 del Código Penal Venezolano Notifíquese a las partes. Así se decide Cúmplase
Jueza Tercero de Control
Abg. Morela Ferrer de Coronado
Secretaria
Abg. Irene Tremont Ocando