REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada en fecha 05-08-2005, a Despacho de Exhorto emanado del Tribunal Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, el cual se Decretó Medida Ejecutivo de Embargo sobre Bienes propiedad de la parte demandada de autos; en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordenará el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 22-09-2005, se le da entrada a diligencia suscrita la Abog. Adriana Estrada Velarde, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la Firma Mercantil FRIOVENSA, C.A., en virtud con la solicitud formulada, este Tribunal provee de conformidad y se ordena su traslado y constitución del Tribunal en el lugar que señale la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo, por lo que se libran las notificaciones a los Auxiliares de Justicia.-
En fecha 26-09-2005, se levanta Acta, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Despacho emanado del Tribunal Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, librado con motivo del Juicio por Resolución de contrato, intentado por la Adriana Estrada Velarde, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la Firma Mercantil FRIOVENSA, C.A., en contra del ciudadano: Ramón Antonio Sánchez; en dicho acto, este Ejecutor procedió a notificar de la misión del Tribunal al demandado ciudadano: Ramón Antonio Sánchez, quien debidamente asistido por el Abog. Iván Cabrera, ofreció a la Ejecutante devolver el Equipo que dio origen al presente Mandamiento de Ejecución como pago total de la deuda asumida, incluido la cancelación de gastos de Honorarios Profesionales de la Apoderada Actora, por lo que no adeuda nada por éste ni por ningún otro concepto a la parte Accionante; la parte Actora aceptó el ofrecimiento de pago, por lo que recibe conforme el Equipo (Exhibidor) que se le entrega, en consecuencia, solicitó a este Ejecutor se abstenga de practicar la Medida Ejecutiva de embargo y la remisión de la resultas del presente Despacho a los fines de que el Tribunal de la Causa imparta la Homologación, dando por terminado el procedimiento y ordenando el archivo del expediente. Seguidamente, este Ejecutor se abstiene de practicar la Medida para la cual fue comisionada por el Tribunal de la Causa, así mismo ordena la remisión de las resultas del mismo, solicitado por la Ejecutante.-
En fecha 27-09-2.005, se dicta auto, cumplido como ha sido el presente Despacho, se ordena la remisión de las resultas del mismo, al Tribunal Comitente. En esta misma fecha se remite mediante Oficio Nº 317-2.005, constante de dieciséis (16) folios útiles.-