REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 26 de Agosto de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2005-006653
ASUNTO : IP01-P-2005-006653


AUTO DECRETANDO ORDEN DE APREHENSION JUDICIAL


Vista la solicitud hecha por ante este Tribunal por el Fiscal Auxiliar Quinto del Ministerio Publico, Abg. JOEL .A. RUIZ GARCIA en el cual solicita de conformidad con el Articulo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el Articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, se decrete Orden de Aprehensión Judicial contra los ciudadanos NESTOR DANIEL SERRA RODRIGUEZ, Venezolano, de 24 años de edad, Natural de Puerto Cabello, Estado Carabobo, nacido en fecha 10/10/80, titular de la cedula de identidad numero 13.445.996, domiciliado en el Barrio Izate, casa S/N, detrás de Restaurante Pollo Sabroso, Tucacas, Estado Falcón, LUIS ALBERTO VARGAS RODRIGUEZ, Venezolano, de 21 años de edad, Natural de Tucacas, Estado Falcón, nacido en fecha 8/10/03, titular de la cedula de identidad numero 18.049.019, domiciliado en el Callejón América, detrás del Restaurante Chin, casa S/N, Tucacas, Estado Falcón y CARLOS RAUL ALVARADO RODRIGUEZ, Venezolano, de 21 años de edad, Natural de Puerto Cabello, Estado Carabobo, nacido en fecha 11/6/83, titular de la cedula de identidad numero 16.801.049, domiciliado en el Barrio Izate, casa S/N, detrás de Restaurante Pollo Sabroso, Tucacas, Estado Falcón, dado que en la causa numero 11F5-4967-05, seguida por ante ese Despacho, se desprende que los referidos ciudadanos se encuentra incursos en uno de lo delitos en Contra de las Personas (HOMICIDIO CALIFICADO), en perjuicio de los ciudadanos JESÚS ALBERTO BRACHO AMPIEZ, y LUIS ENRIQUE ROJAS BRACHO.-
Se encuentra acreditados en autos, 1) acta de investigación Penal, de fecha 27/3/05, practicada por Funcionarios Adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Delegación Tucacas, quienes dan cuenta que siendo las 3:30 horas de la mañana, se presento por ante ese despacho, una Comisión de las Fuerzas Armadas Policiales de esa localidad, en la cual informan de la presencia de dos cadáveres, detrás del Restaurante Pollo Sabroso, del Barrio Izate, motivo por el cual se trasladan al sitio, en el cual se encontraban un grupo de personas que se negaron a ser identificados y les informaron que las dos personas que resultaron muertas, respondían a los nombres de JESUS BRACHO Y LUIS ROJAS y que los mismos habían sido trasladados por sus familiares al Hospital Lino Arévalo de Tucacas. Posteriormente se trasladan a dicho Hospital, con la finalidad de practicarle las respectivas inspecciones a los cadáveres, donde se pudo apreciar que los mismos, presentaban múltiples heridas por arma de fuego en todas partes del cuerpo 2) Acta de inspección Ocular practicada en fecha 27/3/05, por Funcionarios Adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Delegación Tucacas, al Sitio del Suceso. 3) Actas de exámenes externos practicadas en fecha 27/3/05, a dos cadáveres, en la Morgue del Hospital Lino Arévalo de Tucacas. 4) Con Acta de Entrevista realizada en fecha 27/3/05, por Funcionarios Adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Delegación Tucacas, a la ciudadana CLEONICE DEL VALLE BRACHO AMPIEZ manifiesta que se entero de la muerte de su hermano en la madrugada, y que sospecha de NESTOR SERRA y su primo CARLOS RAUL RODRIGUEZ, ya que eso lo comentaron en el sitio del suceso y porque su tía MARGELIS BRACHO, vio cuando los mataron. 5) al Con Acta de Entrevista realizada en fecha 27/3/05, por Funcionarios Adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Delegación Tucacas, a la ciudadana MARGELIS MILDRED BRACHO RIERA, en la cual manifiesta que tiene un carro de perros calientes y se le terminaron los panes, por lo que fue a su casa a buscarlos, que en el momento que va pasando por pollo sabroso, vio que Nestico Serra y Carlos Raúl Rodríguez, tenían a dos muchachos apuntados con pistolas y los bajaron de la moto, recostándolos contra una pared, escondiéndose para que no la vieran, luego Nestico Serra le disparo a uno de los muchachos en una pierna y después le dio un tiro en la cabeza, Carlos Rodríguez le dio un tiro en la cabeza al otro muchacho, cuando los muchachos caen al suelo Nestico Serra y Carlos Raúl Rodríguez se fueron en la moto donde andaban los muchachos y que cuando llego, se percato que eran sus sobrinos, pegándoosle atrás a los tipos y cuando les grito Asesinos, estrellaron la moto y se fueron corriendo. 6) al Con Acta de Entrevista realizada por Funcionarios Adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Delegación Tucacas, en fecha 29/3/05, a la ciudadana MARYELINA DEL VALLE ALBARRA BRACHO, en la cual manifiesta que escucho unos disparos y se levanto, salio a la esquina viendo unas personas y vio cuando Néstor Serra y Luis Vargas, les estaban disparando a unos tipos, que Luis Vargas agarro la moto donde andaban los dos tipos y Néstor Serra se monto con el, pasándole a toda velocidad por un lado, con las pistolas en las manos, que se fue a su casa y luego regreso al sitio y se percato que eran sus primos. 7) Con Acta de Entrevista realizada por Funcionarios Adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Delegación Tucacas, en fecha 29/3/05, a la ciudadana CLISANDRA JAINETTE BRACHO AMPIEZ, en la cual manifiesta que iba caminando por el callejón que esta por detrás de pollo sabroso, que antes de llegar a la esquina estaba su hermano JESUS ALBERTO BRACHO, su primo LUIS ROJAS, NESTOR SERRA, LUIS VARGAS y CARLOS RAUL RODRIGUEZ, que estaban como discutiendo y ella se paro y es allí donde ve cuando le dispararon a los dos, que quien disparo contra su hermano fue LUIS VARGAS, y que los tres tipos se fueron corriendo , para luego regresar y dispararles de nuevo cuando ya estaban en el suelo que LUIS VARGAS y NESTOR SERRA, se fueron en la moto de su primo y CARLOS RAUL RODRIGUEZ, salto por el terreno que esta detrás de pollo sabroso. 8) Con Acta realizada por Funcionarios Adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Delegación Tucacas, en fecha 30/3/05, en la cual dan cuenta que encontrándose e ese despacho el ciudadano FRANKLIN JOSE SERRA, apodado el niño Míreles, en calidad de detenido, manifestó que en casa de una prima de su concubina de nombre DAYSY VARGAS, se encuentra una pistola, marca Glock, Calibre 9 M.m, la cual guarda relación con los dos homicidios, motivo por el cual se trasladaron hasta el sitio, entrevistándose con dicha ciudadana, quien manifestó que efectivamente su prima DAMELYS MADRID, el día anterior le dio a guardar dos paquetes de los cuales desconoce su contenido y le hace entrega de los mismos a los Funcionarios Policiales, en los cuales se encontraba una Pistola y la cantidad de un Millón de Bolívares. 9) Con Actas de Entrevista realizadas por Funcionarios Adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Delegación Tucacas, en fecha 30/3/05, a las ciudadanas DEYSY ENEIDA VARGAS y DAMELIS JOSEFINA MADRID VARGAS, en dejan constancia de las circunstancias de Modo, Tiempo y Lugar, en las cuales FRANKLIN SERRA, alias el niño Míreles le hizo entrega del arma de fuego y el dinero que guardan relación con la presente causa. 10) Con los Protocolos de Autopsias practicadas en la División de Anatomía Patológica, de los Servicios de Medicatura Forense, adscrito al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Delegación Tucacas, Estado Falcón, a los cadáveres de los ciudadanos que en vida respondían a los nombres de .LUIS ENRIQUE ROJAS BRACHO y JESUS ALBERTO BRACHO AMPIEZ, las cuales concluyen que la causa de las muertes es: HEMORRAGIA INTERNA POR MULTIPLES HERIDAS POR ARMA DE FUEGO, DE PROYECTIL UNICO EN TORAX Y CABEZA, el primero y HEMORRAGIA SUBARACNOIDEA DIFUSA, POR LACERACION DE MASA ENCEFALICA POR HERIDAS POR ARMA DE FUEGO EN CABEZA. MULTIPLES HERIDAS POR ARMA DE FUEGO DE PROYECTIL UNICO, ABDOMEN, PELVIS Y EXTREMIDADES, el segundo.
Del análisis de las actas del presente expediente, se desprende que se ha cometido un hecho Punible que merece pena corporal y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, que existen suficientes elementos de convicción, para estimar que los ciudadanos NESTOR DANIEL SERRA RODRIGUEZ, LUIS ALBERTO VARGAS RODRIGUEZ y CARLOS RAUL ALVARADO RODRIGUEZ, son los autores del mismo, y que existe peligro de fuga por la pena a imponer, este Tribunal Primero de control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, DECRETA: La APREHENSIÓN JUDICIAL, contra los ciudadanos NESTOR DANIEL SERRA RODRIGUEZ, Venezolano, de 24 años de edad, Natural de Puerto Cabello, Estado Carabobo, nacido en fecha 10/10/80, titular de la cedula de identidad numero 13.445.996, domiciliado en el Barrio Izate, casa S/N, detrás de Restaurante Pollo Sabroso, Tucacas, Estado Falcón, LUIS ALBERTO VARGAS RODRIGUEZ, Venezolano, de 21 años de edad, Natural de Tucacas, Estado Falcón, nacido en fecha 8/10/03, titular de la cedula de identidad numero 18.049.019, domiciliado en el Callejón América, detrás del Restaurante Chin, casa S/N, Tucacas, Estado Falcón y CARLOS RAUL ALVARADO RODRIGUEZ, Venezolano, de 21 años de edad, Natural de Puerto Cabello, Estado Carabobo, nacido en fecha 11/6/83, titular de la cedula de identidad numero 16.801.049, domiciliado en el Barrio Izate, casa S/N, detrás de Restaurante Pollo Sabroso, Tucacas, Estado Falcón, dado que en la causa numero 11F5-4967-05, seguida por ante ese Despacho, se desprende que los referidos ciudadanos se encuentra incursos en uno de lo delitos en Contra de las Personas (HOMICIDIO CALIFICADO), en perjuicio de los ciudadanos JESÚS ALBERTO BRACHO AMPIEZ, y LUIS ENRIQUE ROJAS BRACHO.-
. Y ASI SE DECIDE. Librense las boletas correspondientes.




El Juez Primero de Control.


Abg. José Alberto González Celis



La Secretaria

Abg. Marlenis Colina.