REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 10 de Agosto de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IJ01-P-2003-000005
ASUNTO : IJ01-P-2003-000005


AUTO ORDENANDO VERIFICACIÓN DE OFERTA DE TRABAJO PARA EL OTORGAMIENTO DEL DESTACAMENTO DE TRABAJO


Por cuanto se observa que en esta misma fecha se recibió por ante este Tribunal Primero de Ejecución Oficio N° AJ/1622, procedente del Centro Penitenciario de Occidente, Santa Ana, Estado Táchira, con el cual remitieron recaudos relacionados con el Penado EDINSON CARRILLO MOGOLLÓN, a los fines de que el mismo obtenga una Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena, específicamente la referida al Destacamento de Trabajo, éste Despacho Judicial a los fines de pronunciarse sobre la solicitud planteada, observa que se hace necesario la verificación efectiva de la existencia de la empresa Carnicería y Charcutería D´CACHET, ubicada San Cristóbal, Estado Táchira, la capacidad de ubicar laboralmente al penado, así como las condiciones ofrecidas por el ciudadano Nerio Velasco, en su condición de administrador de dicho local comercial, en cuanto a Cargo a desempeñar, horario de trabajo y sueldo, ello como vía única para dar cumplimiento a la finalidad última de la pena, que no es otra que la reinserción y rehabilitación social del interno, a tenor todo ello de lo preceptuado en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 2 de la Ley de Régimen Penitenciario. En atención a ello, y a los fines del eventual pronunciamiento acerca de la imposición de la formula alternativa al cumplimiento de pena solicitado, es por lo que éste Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, ACUERDA oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario del Estado Táchira, a fin de que verifique, mediante visita a la empresa Carnicería y Charcutería D´CACHET, ubicada específicamente en el Barrio 23 de Enero, carrera 7, No. 6-41, San Cristóbal, Estado Táchira, Teléfono 0276 3466037, la existencia de la misma, y en caso afirmativo compruebe la posibilidad efectiva que posea para ubicar laboralmente al penado EDINSON CARRILLO MOGOLLÓN, titular de la Cédula de Identidad No. 19..594.718; así como las condiciones ofrecidas por el ciudadano Nerio José Velasco Alviares, titular de la Cédula de Identidad No. 12.483.997,en su condición de administrador de dicho local comercial, en cuanto a Cargo a desempeñar, horario de trabajo y sueldo. Solicitando igualmente que una vez se tengan las resultas, sean remitidas a este Tribunal con la urgencia que el caso amerita. Así se decide. Ofíciese lo conducente. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,

ABG. RITA CÁCERES
LA SECRETARIA,

ABG. GLAIZA REYES