REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.

GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.

Tucacas, 09 de Agosto de 2005
195° y 146°

Por recibido el presente Interdicto de Restitución por Despojo, junto con sus recaudos anexos, presentado por el ciudadano LUIS FERNANDO GONZÁLEZ ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.169.776, domiciliado en Sanare, Estado Falcón, quien actua en representación de las ciudadanas: RENATA ARAUJO DE GONZÁLEZ y JULIA GUADALUPE GONZÁLEZ ARAUJO, mediante apoderados judiciales abogados ANTONIO SILVA MÁRQUEZ y ANTONIO FIGUEREDO FERRER, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 7.042 y 7.038, respectivamente. Por cuanto el Tribunal observa que dicha demanda no reúne los extremos exigidos por el artículo 699 del Código de Procedimiento Civil, la misma no se admite.

El Juez


Dr. LUIS B. ZAMBRANO ROA
La Secretaria


Abg. DELIDA YEPEZ DE QUEVEDO

En la misma fecha se le dió entrada bajo el N° 2452.

Secretaría