REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 19 de Agosto de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-002650
ASUNTO : IP11-P-2005-002650


Auto de Libertad por
el Artículo N° 44, ordinal 1° de la
República Bolivariana de Venezuela.


Visto el escrito presentado por la ciudadana Abogada Kleidys Díaz Marín, en su carácter de Fiscal Décima Quinta (15) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, mediante el solicita la libertad del ciudadano: JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ, natural de Buena Vista, titular de la cédula de identidad N° V-19.647014, de 21 años de edad, y residenciado en La Parroquia Buena Vista, Sector el Cujisal, casa S/N, de este Municipio Falcón, Este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, ACUERDA darle entrada al mencionado escrito quedando asignado bajo el N° IP11-P-2005-002650. En consecuencia por cuanto tal solicitud no es contraria a derecho y analizadas las Actas Policiales que la acompañan, este Tribunal Segundo de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA LIBERTAD del ciudadano: JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ, natural de Buena Vista, titular de la cédula de identidad N° V-19.647014, de 21 años de edad, y residenciado en La Parroquia Buena Vista, Sector el Cujisal, casa S/N, de este Municipio Falcón. Todo de Conformidad con el Artículo 44, Ordinal 1° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y Artículos 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo, el Tribunal ordena que la presente causa sea tramitada por el procedimiento Ordinario y una vez transcurra el lapso legal remítase a la Fiscalía correspondiente en consecuencia líbrese la correspondiente boleta de libertad y ofíciese lo conducente. Cúmplase con lo ordenado.


La Juez Segundo de Control


Abog. Límida Labarca Báez




El Secretario

Abog. Jamil Richani.