REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIALDEL ESTADO FALCON, ACTUANDO COMO JUZGADO DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE.

Punto Fijo, 21 de Diciembre de 2.005
AÑOS: 195º y 146º

Por cuanto el Tribunal observa de las actas procesales que conforman la causa Nº. 2003-140, ha transcurrido más de un año, desde que se decretó el Sobreseimiento Provisional de la misma, sin que el Fiscal XII del Ministerio Publico, haya solicitado la reapertura del procedimiento, en consecuencia, este Tribunal de conformidad con el articulo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA N°. 2003-140, seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.-
Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del tribunal.
Dado y firmado en la Sala de Audiencia del Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con funciones de Control en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, en Punto Fijo, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil cinco. AÑOS: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIO

Abg. OSIRIS BENITEZ PETIT LA SECRETARIA

Abg. ANA VARGAS HOYER


NOTA: En esta misma fecha, siendo las diez y veinte de la mañana (10:20 a.m), se publicó la presente decisión y libraron las Boletas de Notificación y se entregaron al Alguacil a los fines de su practica. Conste.-

LA SECRETARIA

Abg. ANA VARGAS HOYER