REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
ACCION: COBRO DE BOLIVARES POR ACCIDENTE DE TRANSITO.
PARTE DEMANDANTE: Ciudadano Miguel Angel Valdez Marín, venezolano mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° V- 13.107.363, de este domicilio.-
PARTE DENMANDADA: Ciudadanos María Angélica Jiménez y José Rojas, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°s 13.933.501 y 10.973.985, de este domicilio -
JURISDICCION: Protección del Niño, del Adolescente.-
Por cuanto el Tribunal constata de las actas procesales que desde el día 06 de Septiembre del 2004, (folio 20), fecha de la admisión de la demanda, hasta el día de hoy de 06 de diciembre del 2005, ha transcurrido mas de un (1) año, sin haber realizado la actora ninguna actuación tendiente a impulsar el proceso, el Tribunal conforme a lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, impartiendo justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley.- Se ordena el archivo del expediente con posterior remisión al Registro Principal del Estado Falcón, acompañado de Oficio, en la oportunidad que corresponda.- Notifíquese a la actora de la presente decisión, de conformidad con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.-
Regístrese y Publíquese.-
Dado, firmado y sellado en la sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los seis ( 06 ) días del mes de Diciembre del año dos mil cinco. Años 195 de la Independencia y 146 de la Federación.-
El Juez Titular,
Abg.Camilo Hurtado Lores
El Secretario temporal
Abg. José Rafael Yagua Gómez.-
Nota: La anterior sentencia fue publicada en su fecha, siendo las 11:00 a.m., previo el anuncio de Ley. Conste. Fecha ut-supra.
El Secretario Temporal,
Abg. José Rafael Yagua Gómez.-
CHL / magaly.
Expediente N° 6859
Nota: En esta misma fecha se elaboró copia certificada para el copiador de sentencias interlocutorias y boleta de notificación para la actora.- Conste. La Secretario Temporal
Abg. José Rafael Yagua Gómez
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