REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal Tercero de Control de Coro
Coro, 01 de Diciembre de 2005
194º y 145º

ASUNTO: IP01-P-2005-007161
AUTO DECRETANDO LIBERTAD PLENA


Visto el escrito presentado por la Abg. AMERICA PEREZ PARADA, en su condición de Fiscal Cuarto del Ministerio Público, mediante el cual solicita de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela decrete la Libertad al Ciudadano DERBIS SEGUNDO SUAREZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de 26 años de edad, soltero, nacido en fecha: 20-09-79, titular de la cédula de identidad N ° V- 14.027.430, de profesión estudiante, natural y residenciado en la Urbanización Cruz Verde, Sector 05, Calle 11, Casa N ° 07, de esta ciudad de Coro, Estado Falcón, quien fue puesto a disposición de dicha Fiscalia por funcionarios de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, Dirección de Investigación DIPE Coro. Este Tribunal lo recibe le da entrada bajo el número arriba antes indicado, y en vista a lo solicitado, observadas las actuaciones que conforman la presente solicitud, y siendo la representación Fiscal el dueño de la acción, conforme a lo establecido en los artículos 2, 11 ordinales 4 y 5, 34 ordinales 3 y 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y 24 del Código Orgánico Procesal penal, y en virtud de que la presente causa se continuara por la vía ordinaria, es por lo que por lo antes expuesto, estando lleno los extremos de los artículos 8, 9, 243 del Código Orgánico Procesal Penal y del articulo 44 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, acuerda con lugar la solicitud de la Fiscalia de otorgar la libertad plena al referido ciudadano y así se decide.
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Tercero de Control administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA LIBERTAD PLENA al Ciudadano DERBIS SEGUNDO SUAREZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de 26 años de edad, soltero, nacido en fecha: 20-09-79, titular de la cédula de identidad N ° V- 14.027.430, de profesión estudiante, natural y residenciado en la Urbanización Cruz Verde, Sector 05, Calle 11, Casa N ° 07, de esta ciudad de Coro, Estado Falcón, de conformidad con el articulo 44 ordinal 1° de la Constitución Bolivariana de Venezuela y artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondiente boleta de Libertad a la Comandancia General de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón. Así mismo, por cuanto se desprende del asunto que el imputado no cuenta con defensor de confianza se le designa como Defensor al Abg. Eder Hernández en su condición de Defensor Público Sexto Penal en virtud de encontrarse de guardia. Líbrense las respectivas boletas de libertad y las notificaciones; así mismo remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalia Cuarta del Ministerio Publico para que prosiga con la investigación. Cúmplase con lo acordado.-

Abg. Saturno José Ramírez Zorrilla
Juez Tercero de Control

Abg. Jenny Barbera
La Secretaria