REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 28 de Diciembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO: IP01-P-2005-007261
AUTO DECRETANDO LIBERTAD PLENA
Visto el escrito constante de 10 útiles presentado ante la Oficina del Alguacilazgo por la ABG. AMÉRICA PEREZ PARADA, en su carácter de Fiscal Cuarta del Ministerio Público del Estado Falcón, mediante el cual solicita a este Tribunal DECRETE LA LIBERTAD PLENA de la ciudadana: MARLYN CEDEÑO MOTA, quién es venezolana, mayor de edad, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nro. 13.874.961,natural de La Guaira, y residenciada en La Bocaína 1, casa sin número, Valencia Estado Carabobo, quien fue puesta a la orden de la Fiscalía Cuarta por Funcionarios de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón mediante oficio N ° 002014, en donde manifiestan que la ciudadana, antes identificada, estaba incursa presuntamente en uno de los delitos contra la propiedad, según denuncia de fecha 26 de diciembre año en curso, interpuesta por el ciudadano CARLOS JAVIER MACHO VELIZ, por lo que este Tribunal acuerda darlo por recibido y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley fundamentado en el Artículo 44 ordinal 1 de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y artículos 8,9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal: DECRETA: LA LIBERTAD PLENA de la ciudadana: MARLYN CEDEÑO MOTA, quién es venezolana, mayor de edad, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nro. 13.874.961, natural de La Guaira, y residenciada en La Bocaína 1, casa sin número, Valencia Estado Carabobo, y por cuanto no se tiene conocimiento que el Imputado tenga Abogado que le asista se le designa un Defensor Público, recayendo tal designación en el Defensora Pública Segunda Abg. Florangel Figueroa. En consecuencia líbrese la correspondiente Boleta de Libertad y notifíquese a las partes. Cúmplase.-


ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
JUEZA CUARTA DE CONTROL

ABG. MELISA MATHEUS
LA SECRETARIA