REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 13 de Diciembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-003646
ASUNTO : IP11-P-2005-003646




AUTO DECRETANDO LA LIBERTAD DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 44 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

Visto el escrito presentado por el ciudadano Abg. Cruz Alexander Morales Nieves, en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público del Estado Falcón con sede en esta ciudad de Punto Fijo, mediante el cual solicita le sea concedida la Libertad Plena de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor de los ciudadanos: Omar Gregorio Marín Marcano dijo ser y llamarse como queda escrito, Venezolano, titular de la cedula de identidad N°V- 14.226.486, soltero, nacido en fecha:12-06-1980, mecánico, hijo de Omar Marín y de Luisa de Marín , residenciado: en Menca de Leoni, casa N° 03, calle Las Acacias, por la parte de atrás del colegio Alejandro Ibarra Punto Fijo Estado Falcón; Jesús Miguel Roque Pinto dijo ser y llamarse como queda escrito, Venezolano, titular de la cédula de identidad N°V-12.495.249, casado, nacido en fecha: 10-09-1974, obrero, hijo de Antonio Roque y de Aura Pinto, residenciado: Urbanización Las Margaritas, Sector 1, Calle1, Vereda 4, casa 19 a una cuadra detrás de la escuela Las Tunitas, Punto Fijo Estado Falcón; Melvin Exiquio Rodríguez Roque, dijo ser y llamarse como queda escrito, Venezolano, titular de la cédula de identidad N°V- 7.568.852, divorciado, nacido en fecha: 28-06-1964, mecánico pero actualmente esta Trabajando en una arepera, hijo de Alida de Rodríguez y de Exiquio Rodriguez, residenciado: Jorge Hernández, Vereda 5, casa n°1, cerca de la escuela Benedicto Mármol Punto Fijo Estado Falcón, por considerar que no están llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto del resultados de las diligencias practicadas con posterioridad al decreto de privación judicial de libertad, se evidencia que estos no son autores ni participes de los hechos por los cuales resultaron aprehendidos. En consecuencia este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, analizadas como en efecto han sido las actas policiales que acompañan la presente solicitud, acuerda Decretar la Libertad, de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor de los ciudadanos: Omar Gregorio Marín Marcano dijo ser y llamarse como queda escrito, Venezolano, titular de la cedula de identidad N°V- 14.226.486, soltero, nacido en fecha:12-06-1980, mecánico, hijo de Omar Marín y de Luisa de Marín , residenciado: en Menca de Leoni, casa N° 03, calle Las Acacias, por la parte de atrás del colegio Alejandro Ibarra Punto Fijo Estado Falcón; Jesús Miguel Roque Pinto dijo ser y llamarse como queda escrito, Venezolano, titular de la cédula de identidad N°V-12.495.249, casado, nacido en fecha: 10-09-1974, obrero, hijo de Antonio Roque y de Aura Pinto, residenciado: Urbanización Las Margaritas, Sector 1, Calle1, Vereda 4, casa 19 a una cuadra detrás de la escuela Las Tunitas, Punto Fijo Estado Falcón; Melvin Exiquio Rodríguez Roque, dijo ser y llamarse como queda escrito, Venezolano, titular de la cédula de identidad N°V- 7.568.852, divorciado, nacido en fecha: 28-06-1964, mecánico pero actualmente esta Trabajando en una arepera, hijo de Alida de Rodríguez y de Exiquio Rodríguez, residenciado: Jorge Hernández, Vereda 5, casa n°1, cerca de la escuela Benedicto Mármol Punto Fijo Estado Falcón. Remítase el presente asunto a la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico.
Ofíciese lo conducente. Notifíquese a las partes. Cúmplase.


Jueza Tercero de Control.


________________________
Abg. Morela Ferrer de Coronado
Secretaria.


________________________
Abg. Elimar Lugo